3. Otras disposiciones. . (2025/102-51)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del informe de fiscalización de cumplimiento de la Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A. Ejercicio 2021.
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BOJA
5.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7470/15
Se recomienda revisar, regularizar y conciliar los derechos pendientes de cobro que la
empresa tiene reconocidos como servicios prestados al Ayuntamiento y que, sin
embargo, la corporación municipal no tiene registrados como tales.
La sociedad ha proporcionado una confirmación del Ayuntamiento de Córdoba de los créditos
a favor de SADECO. Del análisis de esta confirmación y de los saldos que figuran en los registros
contables de la sociedad, se ha puesto solo una diferencia de manifiesto por importe de
12.966,12 euros, correspondientes a un activo reflejado en las cuentas de SADECO que no ha
sido confirmado por el Ayuntamiento de Córdoba. (Recomendación totalmente aplicada).
6.
Se recomienda impulsar actuaciones para la formalización de las cesiones en uso en
documentos jurídicos de cesión. Por otro lado, respecto a la información contenida en
la memoria, debería incluirse el año de recepción.
Todas las formalizaciones de cesiones u concesiones administrativas que se han producido desde
la anterior auditoría de la Cámara han venido documentadas. (Recomendación totalmente
aplicada).
En la nota 6 de la memoria correspondiente al ejercicio 2021 se informa sobre los bienes cedidos
en uso y bienes concedidos que la Sociedad tiene a su disposición, indicando su fecha de cesión,
valor de la cesión, traspaso a resultados, amortización acumulada y valor neto.
7.
Se recomienda dilucidar y, en su caso, regularizar las diferencias detectadas en los
deudores y proveedores a raíz de la prueba de circularización efectuada en el presente
trabajo de seguimiento.
Indica la sociedad que no existen diferencias significativas en los saldos deudores y proveedores
puestas de manifiesto a raíz de la circularización llevada a cabo por los auditores.
(Recomendación totalmente aplicada).
8.
Resulta necesario aclarar y unificar el criterio a seguir en relación con la contabilización de
las transferencias municipales y las tasas por la gestión de residuos con los distintos agentes
implicados.
Las transferencias municipales se siguen contabilizando de la misma forma que en los ejercicios
anteriores, como ingresos por prestación de servicios en la cuenta de resultados formando parte
de la cifra neta de negocios; por su parte, el Ayuntamiento las imputa al capítulo IV de su
presupuesto de gastos.
00321070
El modo de contabilización de SADECO se sustenta en un informe solicitado en 2013 a la asesoría
jurídica de la empresa. Por otro lado, la propia Intervención del Ayuntamiento de Córdoba
emitió informe de disconformidad del presupuesto general de 2016 acerca de la forma en que
vienen siendo presupuestadas las transferencias municipales a SADECO, indicando la necesidad
de su adecuación mediante la aportación por parte de la empresa de los estudios de costes
específicos, aprobación de la correspondiente encomienda de gestión, así como la fijación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
5.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7470/15
Se recomienda revisar, regularizar y conciliar los derechos pendientes de cobro que la
empresa tiene reconocidos como servicios prestados al Ayuntamiento y que, sin
embargo, la corporación municipal no tiene registrados como tales.
La sociedad ha proporcionado una confirmación del Ayuntamiento de Córdoba de los créditos
a favor de SADECO. Del análisis de esta confirmación y de los saldos que figuran en los registros
contables de la sociedad, se ha puesto solo una diferencia de manifiesto por importe de
12.966,12 euros, correspondientes a un activo reflejado en las cuentas de SADECO que no ha
sido confirmado por el Ayuntamiento de Córdoba. (Recomendación totalmente aplicada).
6.
Se recomienda impulsar actuaciones para la formalización de las cesiones en uso en
documentos jurídicos de cesión. Por otro lado, respecto a la información contenida en
la memoria, debería incluirse el año de recepción.
Todas las formalizaciones de cesiones u concesiones administrativas que se han producido desde
la anterior auditoría de la Cámara han venido documentadas. (Recomendación totalmente
aplicada).
En la nota 6 de la memoria correspondiente al ejercicio 2021 se informa sobre los bienes cedidos
en uso y bienes concedidos que la Sociedad tiene a su disposición, indicando su fecha de cesión,
valor de la cesión, traspaso a resultados, amortización acumulada y valor neto.
7.
Se recomienda dilucidar y, en su caso, regularizar las diferencias detectadas en los
deudores y proveedores a raíz de la prueba de circularización efectuada en el presente
trabajo de seguimiento.
Indica la sociedad que no existen diferencias significativas en los saldos deudores y proveedores
puestas de manifiesto a raíz de la circularización llevada a cabo por los auditores.
(Recomendación totalmente aplicada).
8.
Resulta necesario aclarar y unificar el criterio a seguir en relación con la contabilización de
las transferencias municipales y las tasas por la gestión de residuos con los distintos agentes
implicados.
Las transferencias municipales se siguen contabilizando de la misma forma que en los ejercicios
anteriores, como ingresos por prestación de servicios en la cuenta de resultados formando parte
de la cifra neta de negocios; por su parte, el Ayuntamiento las imputa al capítulo IV de su
presupuesto de gastos.
00321070
El modo de contabilización de SADECO se sustenta en un informe solicitado en 2013 a la asesoría
jurídica de la empresa. Por otro lado, la propia Intervención del Ayuntamiento de Córdoba
emitió informe de disconformidad del presupuesto general de 2016 acerca de la forma en que
vienen siendo presupuestadas las transferencias municipales a SADECO, indicando la necesidad
de su adecuación mediante la aportación por parte de la empresa de los estudios de costes
específicos, aprobación de la correspondiente encomienda de gestión, así como la fijación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja