3. Otras disposiciones. . (2025/102-34)
Orden de 26 de mayo de 2025, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal Técnico Superior Sanitario de todas las Administraciones e Instituciones Públicas y Privadas, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7497/3
ANEXO I
Servicios mínimos esenciales que deben mantenerese durante la huelga convocada los
días 2 y 3 de junio de 2025, durante las 24 horas de cada una de estas jornadas, si bien
con inicio a las 20:00 horas del día 1 de junio de 2025 y finalizando a las 22:00 horas
del día 3 de junio de 2025 para hacer partícipes a los turnos nocturnos que comienzan
su jornada en día previo (modalidad turnos de 12 horas), que puede afectar al colectivo
de personas trabajadoras con la calificación de Técnicos Superiores Sanitarios, en
Administraciones Públicas e Instituciones Públicas y Privadas, y que puede afectar al
personal de estas características que presta sus servicios en el Sector Sanitario Público
de Andalucía, así como en el sector privado, dentro del ámbito geográfico y jurídico de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En el ámbito de atención sanitaria.
Mantener la actividad asistencial de un día festivo, y en las urgencias, los cuidados
críticos y los partos, como mínimo, la actividad propia de un domingo o festivo:
00321099
1. El 100% de aquellos servicios que habitualmente se presten en un domingo o
festivo en el Sector Sanitario Público de Andalucía.
Para el sector privado, el 100% de la actividad No Programada que habitualmente se
preste en un domingo o festivo.
2. Garantizar el 100% de las pruebas diagnósticas de carácter urgente que se realicen
en un domingo o festivo.
3. Debe garantizarse el tratamiento a los pacientes afectados por procesos que, por
su morbilidad, requieran una asistencia inmediata, sin romper la continuidad asistencial,
como son los tratamientos de radioterapia, quimioterapia, diálisis y hemodinámica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7497/3
ANEXO I
Servicios mínimos esenciales que deben mantenerese durante la huelga convocada los
días 2 y 3 de junio de 2025, durante las 24 horas de cada una de estas jornadas, si bien
con inicio a las 20:00 horas del día 1 de junio de 2025 y finalizando a las 22:00 horas
del día 3 de junio de 2025 para hacer partícipes a los turnos nocturnos que comienzan
su jornada en día previo (modalidad turnos de 12 horas), que puede afectar al colectivo
de personas trabajadoras con la calificación de Técnicos Superiores Sanitarios, en
Administraciones Públicas e Instituciones Públicas y Privadas, y que puede afectar al
personal de estas características que presta sus servicios en el Sector Sanitario Público
de Andalucía, así como en el sector privado, dentro del ámbito geográfico y jurídico de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En el ámbito de atención sanitaria.
Mantener la actividad asistencial de un día festivo, y en las urgencias, los cuidados
críticos y los partos, como mínimo, la actividad propia de un domingo o festivo:
00321099
1. El 100% de aquellos servicios que habitualmente se presten en un domingo o
festivo en el Sector Sanitario Público de Andalucía.
Para el sector privado, el 100% de la actividad No Programada que habitualmente se
preste en un domingo o festivo.
2. Garantizar el 100% de las pruebas diagnósticas de carácter urgente que se realicen
en un domingo o festivo.
3. Debe garantizarse el tratamiento a los pacientes afectados por procesos que, por
su morbilidad, requieran una asistencia inmediata, sin romper la continuidad asistencial,
como son los tratamientos de radioterapia, quimioterapia, diálisis y hemodinámica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja