Autoridades y personal. . (2025/102-19)
Acuerdo de 22 de mayo de 2025, de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se convocan pruebas selectivas, por el sistema de promoción interna, para ingreso de personal laboral en el Cuerpo de Auxiliares.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7547/2
Tercera. Solicitudes, plazo de presentación y tasas.
3.1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la
correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el
Anexo I de esta convocatoria.
3.2. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes al Excmo. Sr. Presidente de la
Cámara de Cuentas de Andalucía, a través de la sede electrónica
https://ccuentas.sedelectronica.es dentro del plazo de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321147
de mayo de 2007, o haber pasado a pertenecer en virtud de pruebas de selección o
promoción convocadas con anterioridad a dicha fecha, como personal laboral fijo, la
categoría profesional de «Auxiliar».
2.1.2. Tener una antigüedad como personal laboral fijo de al menos dos años en el
Grupo IV y desde el que se accede.
2.1.3. Estar en posesión el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o
cualquier titulación equivalente a la misma de conformidad con la normativa de aplicación.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
Cuerpo y Especialidad al que se aspira.
2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o
Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo
o Escala de funcionario, y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del
Cuerpo y Especialidad convocado.
2.1.6. Estar desempeñando funciones correspondientes al Cuerpo y Especialidad
convocado en puestos de trabajo clasificados en la RPT dentro de la categoría
profesional de «Auxiliar». Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9.2 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba.
2.1.7. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de
Islandia y cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,
siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.8. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal
funcionario de carrera.
2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que, quienes soliciten
su participación, declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 1 de la base séptima, y haber abonado la correspondiente tasa de 13,15 €,
conforme a lo establecido en el apartado 6 de la base tercera de esta convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7547/2
Tercera. Solicitudes, plazo de presentación y tasas.
3.1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la
correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el
Anexo I de esta convocatoria.
3.2. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes al Excmo. Sr. Presidente de la
Cámara de Cuentas de Andalucía, a través de la sede electrónica
https://ccuentas.sedelectronica.es dentro del plazo de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321147
de mayo de 2007, o haber pasado a pertenecer en virtud de pruebas de selección o
promoción convocadas con anterioridad a dicha fecha, como personal laboral fijo, la
categoría profesional de «Auxiliar».
2.1.2. Tener una antigüedad como personal laboral fijo de al menos dos años en el
Grupo IV y desde el que se accede.
2.1.3. Estar en posesión el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o
cualquier titulación equivalente a la misma de conformidad con la normativa de aplicación.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del
Cuerpo y Especialidad al que se aspira.
2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o
Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo
o Escala de funcionario, y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del
Cuerpo y Especialidad convocado.
2.1.6. Estar desempeñando funciones correspondientes al Cuerpo y Especialidad
convocado en puestos de trabajo clasificados en la RPT dentro de la categoría
profesional de «Auxiliar». Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9.2 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba.
2.1.7. Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de
Islandia y cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,
siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.8. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal
funcionario de carrera.
2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que, quienes soliciten
su participación, declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 1 de la base séptima, y haber abonado la correspondiente tasa de 13,15 €,
conforme a lo establecido en el apartado 6 de la base tercera de esta convocatoria.