Disposiciones generales. . (2025/101-2)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen complementario de flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (Ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, para las campañas 2025, 2026 y 2027.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7467/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con la reforma de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027, se implanta un nuevo
enfoque en el que los Estados miembros deben establecer los detalles de las
intervenciones o medidas de la nueva PAC, a través de un plan estratégico, partiendo
de una mayor subsidiariedad. Dicho plan ha de agrupar las intervenciones en forma de
pagos directos, las intervenciones en determinados sectores, así como las intervenciones
para el desarrollo rural, y será financiado con cargo a los fondos europeos agrícolas,
FEAGA y FEADER.
El 31 de agosto de 2022, la Comisión Europea aprobó el Plan Estratégico de la PAC
(PEPAC) de España y la normativa nacional que regula la aplicación, a partir de 2023, de
las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes
en el marco del PEPAC, a través del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre
la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el
establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política
Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y
control.
En la mencionada normativa se establecen las ayudas a los regímenes voluntarios en
favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en el
artículo 31 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes
estratégicos que deben elaborar los Estados Miembros en el marco de la política agrícola
común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que
se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013.
Estas ayudas se vinculan a prácticas tales como la rotación de cultivos y la siembra
directa en tierras de cultivo; las cubiertas vegetales e inertes en el caso de cultivos
leñosos; la siega sostenible; el establecimiento de islas y márgenes de biodiversidad;
el pastoreo extensivo en los pastos; así como el establecimiento de espacios de
biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
En lo que respecta al ecorrégimen de pastoreo extensivo, el citado real decreto
establece los requisitos para el cobro de estas ayudas, si bien prevé que las Comunidades
Autónomas puedan fijar al inicio de cada campaña agraria algunas flexibilidades, siempre
y cuando esté justificado.
En base a lo anterior, en la Comunidad Autónoma de Andalucía se dictó la Resolución
de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados,
por la que se establece el régimen de flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma
de Andalucía en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima,
el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico
de la Política Agraria Común de España, para las campañas 2025, 2026 y 2027, publicada
en el BOJA número 15, de 23 de enero de 2025.
Entre las flexibilidades adoptadas, se ha considerado necesario reducir la carga
ganadera mínima prevista inicialmente en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321067
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen complementario de
flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación
con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente
y el bienestar animal (Ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la
Política Agraria Común de España, para las campañas 2025, 2026 y 2027.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7467/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con la reforma de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027, se implanta un nuevo
enfoque en el que los Estados miembros deben establecer los detalles de las
intervenciones o medidas de la nueva PAC, a través de un plan estratégico, partiendo
de una mayor subsidiariedad. Dicho plan ha de agrupar las intervenciones en forma de
pagos directos, las intervenciones en determinados sectores, así como las intervenciones
para el desarrollo rural, y será financiado con cargo a los fondos europeos agrícolas,
FEAGA y FEADER.
El 31 de agosto de 2022, la Comisión Europea aprobó el Plan Estratégico de la PAC
(PEPAC) de España y la normativa nacional que regula la aplicación, a partir de 2023, de
las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes
en el marco del PEPAC, a través del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre
la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el
establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política
Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y
control.
En la mencionada normativa se establecen las ayudas a los regímenes voluntarios en
favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en el
artículo 31 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes
estratégicos que deben elaborar los Estados Miembros en el marco de la política agrícola
común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que
se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013.
Estas ayudas se vinculan a prácticas tales como la rotación de cultivos y la siembra
directa en tierras de cultivo; las cubiertas vegetales e inertes en el caso de cultivos
leñosos; la siega sostenible; el establecimiento de islas y márgenes de biodiversidad;
el pastoreo extensivo en los pastos; así como el establecimiento de espacios de
biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
En lo que respecta al ecorrégimen de pastoreo extensivo, el citado real decreto
establece los requisitos para el cobro de estas ayudas, si bien prevé que las Comunidades
Autónomas puedan fijar al inicio de cada campaña agraria algunas flexibilidades, siempre
y cuando esté justificado.
En base a lo anterior, en la Comunidad Autónoma de Andalucía se dictó la Resolución
de 30 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados,
por la que se establece el régimen de flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma
de Andalucía en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima,
el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico
de la Política Agraria Común de España, para las campañas 2025, 2026 y 2027, publicada
en el BOJA número 15, de 23 de enero de 2025.
Entre las flexibilidades adoptadas, se ha considerado necesario reducir la carga
ganadera mínima prevista inicialmente en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321067
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, por la que se establece el régimen complementario de
flexibilidades adoptado por la Comunidad Autónoma de Andalucía en relación
con las ayudas a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente
y el bienestar animal (Ecorregímenes), previstas en el Plan Estratégico de la
Política Agraria Común de España, para las campañas 2025, 2026 y 2027.