Autoridades y personal. . (2025/101-37)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca para su provisión por acceso libre, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza vacante de la categoría profesional Titulado/a de Grado Medio de Servicios Técnicos de Obras, Equipamiento y Mantenimiento (Perfil: Responsable de Gestión de Instalaciones). Servicio de Mantenimiento de la Universidad de Sevilla, en régimen laboral con carácter fijo, correspondiente al Grupo II del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
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Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
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inscribirse y cumplimentar el formulario disponible en la página web de Recursos
Humanos (que generará la solicitud Modelo 761), en la siguiente URL:
https://recursoshumanos.us.es/index.php?page=solicitudes
Las personas interesadas podrán inscribirse a partir del día siguiente a la publicación
de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y hasta la finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al correo electrónico: seleccionpaslaboral@us.es
Una vez cumplimentados en la citada página web los datos solicitados, deberán
pulsar en la parte inferior del formulario sobre la opción “Generar solicitud”.
La falta de inscripción y/o solicitud de participación en el plazo establecido supondrá
la exclusión del proceso selectivo. No será considerada válida en ningún caso la solicitud
cumplimentada manualmente.
La inscripción telemática por sí sola no da acceso al proceso selectivo, será
imprescindible completar el proceso presentando la solicitud generada y firmada (Modelo
761) a través de Registro.
3.2. Derechos de examen. La tarifa correspondiente a los derechos de examen será
de 30 euros.
La persona interesada deberá justificar el abono de los derechos de examen en la
cuenta restringida de recaudación número ES77-0049-2588-71-2114241655 –Código
SWIFT (BIC) BSCHESMM- del Banco Santander, mediante una de las siguientes formas
de pago:
a) Sellado por la Entidad Bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal
efecto, directamente en las oficinas de la citada entidad.
b) Resguardo original de ingreso en cajero automático del Banco Santander, debiendo
consignar en el campo «concepto» nombre y apellidos de la persona participante, número
de DNI, NIE o Pasaporte, código 761 y código de la plaza (2005).
c) Resguardo acreditativo de transferencia bancaria, en la que deberá hacer constar
obligatoriamente, en el campo observaciones, nombre y apellidos de la persona participante,
número del DNI, NIE o Pasaporte, código 761 y código de la plaza (2005).
Estarán, no obstante, exentos del abono de las tasas de derechos de examen,
haciéndolo constar en el impreso de la solicitud (Apartado 4 del formulario de solicitud),
los siguientes colectivos:
1. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento. Deberá
acreditarse mediante certificado en vigor de la condición y grado de discapacidad que
tengan reconocido, expedido por el órgano competente.
2. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos/as. Deberá acreditarse aportando
la resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.
3. Las familias numerosas, en los siguientes términos:
- 100% de exención a los miembros de familias de categoría especial.
- 50% de exención a los miembros de familias de categoría general.
Deberá aportarse título vigente acreditativo de tal condición, expedido por la
Comunidad Autónoma correspondiente.
4. Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital o beneficiarias
de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía o en otra Comunidad Autónoma. Se
deberá presentar certificado acreditativo de ser persona beneficiaria de alguna de estas
prestaciones, al menos durante el plazo de presentación de solicitudes de participación.
5. Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas. A estos efectos,
tendrán la consideración de víctima de violencia doméstica las personas a que se refiere
el artículo 173.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal,
que cuenten con orden de protección en vigor e inscrita en el Registro Central para la
Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, o con sentencia judicial firme por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00321024

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