Disposiciones generales. . (2025/101-6)
Extracto de la Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7428/14

Línea 13. Subvenciones para programas destinados a actividades complementarias a la formación de
personas mayores en universidades públicas andaluzas, fomento de prácticas y experiencias
intergeneracionales.
PERSONAS
Universidades públicas andaluzas.
BENEFICIARIAS

OBJETO

Financiar programas destinados a actividades complementarias a la formación
científica, cultural, tecnológica y social de las personas mayores en universidades
públicas andaluzas, y fomentar prácticas y experiencias intergeneracionales en
beneficio de este colectivo.

IMPORTE

El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar la cuantía máxima de 20.000 euros y una cuantía mínima de 1.000 euros, en los
términos previstos en el apartado 5.a) y 5.b) del cuadro resumen de la presente línea.
Las actuaciones a las que, una vez aplicados los criterios de reparto previstos en el
apartado 5.b) del cuadro resumen les correspondiera percibir una cuantía inferior a
dicho importe, se excluirán de la relación de actuaciones subvencionables.

Línea 14. Subvenciones institucionales para programas y mantenimiento en el ámbito de las personas
mayores.
Entidades locales, entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, así
PERSONAS
como las asociaciones y federaciones de asociaciones, cuyo objeto y fin social sea la
BENEFICIARIAS
atención a las personas mayores, para la modalidad de programas.
OBJETO

El desarrollo de programas para la atención a personas mayores.

IMPORTE

El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar la cuantía máxima de 10.000 euros y una cuantía mínima de 500 euros, en los
términos previstos en el apartado 5.a) y 5.b) del cuadro resumen de la línea. Las
actuaciones a las que, una vez aplicados los criterios de reparto previstos en el apartado
5.b) del cuadro resumen les correspondiera percibir una cuantía inferior a dicho
importe, se excluirán de la relación de actuaciones subvencionables.

Línea 15. Subvenciones destinadas a la realización de programas en materia de voluntariado en el ámbito
universitario público.
PERSONAS
Universidades públicas andaluzas.
BENEFICIARIAS
Realización de programas de formación y promoción, sensibilización e investigación en
materia de voluntariado destinadas a las Universidades Públicas Andaluzas.

IMPORTE

El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar el 100% del importe solicitado. El importe máximo de cada subvención
individual será de 8.000 euros.

00321028

OBJETO

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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