Disposiciones generales. . (2025/101-6)
Extracto de la Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7428/13

funcional comprendido por los municipios con una población empadronada igual o
superior a 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales 10.000 euros.
Línea 11. Subvenciones a entidades privadas para programas de acción social.
Entidades privadas sin ánimo de lucro, asociaciones y federaciones de asociaciones
PERSONAS
cuyo objeto y fin social sea la atención a personas en situación de vulnerabilidad, así
BENEFICIARIAS
como la Cruz Roja.
OBJETO

El desarrollo de programas en el ámbito de actuación de la atención a la comunidad
gitana, a personas inmigrantes, a personas sin hogar, así como de actuaciones en el
contexto del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

IMPORTE

El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar el 100% del importe solicitado. El importe máximo de cada subvención será de
600.000 euros. Asimismo se establece una cuantía mínima para cada subvención de
5.000 euros. Las actuaciones a las que, una vez aplicados los criterios de reparto
previstos en el apartado 5.b) del cuadro resumen les correspondiera percibir una cuantía
inferior a dicho importe, se excluirán de la relación de actuaciones subvencionables.

Línea 12. Subvenciones destinadas a programas para la promoción, sensibilización y formación del
voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones.
- Para los programas de voluntariado, las entidades de voluntariado sin ánimo de lucro.

OBJETO

La realización de programas para la promoción, sensibilización y formación del
voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las
asociaciones que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.

IMPORTE

El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar el 100% del importe solicitado.
El importe máximo de cada subvención individual será, para el ámbito de
competitividad de gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones
12.000 euros, para el ámbito de competitividad de programas de ámbito autonómico
12.000 euros y para el ámbito de competitividad de programas de ámbito provincial
4.000 euros.
Asimismo se establecen unas cuantías mínimas para cada subvención individual que
serán en el ámbito de competitividad de gestión de centros de recursos para el
voluntariado y las asociaciones 1.000 euros, para el ámbito de competitividad de
programas de ámbito autonómico 1.000 euros y para el ámbito de competitividad de
programas de ámbito provincial 500 euros. Las actuaciones a las que, una vez aplicados
los criterios de reparto previstos en el apartado 5.b) del cuadro resumen les
correspondiera percibir una cuantía inferior a dicho importe, se excluirán de la relación
de actuaciones subvencionables.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321028

- Para los programas destinados a la gestión de centros de recursos para el voluntariado
PERSONAS
BENEFICIARIAS y las asociaciones, las asociaciones que, al menos durante 4 meses de los doce
anteriores al fin del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria, hayan
estado funcionando como centro de recursos.