3. Otras disposiciones. . (2025/100-36)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora para la modificación del Convenio Colectivo del Profesorado de Religión al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7373/2
Comisión y 5 representantes de la parte social, elegidos cada uno de estos por las
organizaciones sindicales firmantes del presente Convenio que, a efecto de votaciones,
actuará en proporción de la representatividad que ostente la organización sindical
respectiva, según los resultados electorales vigentes en cada momento. Asimismo,
contará con un Secretario o Secretaria que designará la Administración de la Junta de
Andalucía que tendrá voz pero no voto y que, entre sus funciones, tendrá la gestión de un
Registro de documentos y escritos dirigidos a la Comisión del Convenio, quedando estos
a disposición de los miembros de la citada Comisión.
3. La Comisión del Convenio se reunirá siempre que las partes lo soliciten por escrito
con una antelación mínima de diez días hábiles (plazo que podrá ser inferior en casos
de reconocida urgencia por ambas partes), expresando claramente los temas cuyo
tratamiento se propone. La Comisión se reunirá con carácter preceptivo una vez al año,
durante el primer trimestre del curso escolar. La representación de la parte social podrá
ser asistida en las reuniones por asesorías técnicas.
4. La Comisión del Convenio asumirá el Reglamento de Régimen Interno ya aprobado
por la entonces denominada Comisión de Aplicación e Interpretación del Convenio
Colectivo.
5. Los Acuerdos de la Comisión del Convenio se adoptarán por mayoría absoluta de
cada una de las partes y serán recogidos en actas, constando la fecha de su eficacia y
número de orden, y vincularán a ambas partes en los mismos términos que el presente
Convenio, al cual se anexarán.
6. Los Acuerdos relativos a las letras a) y b) del apartado 1 del presente artículo, y
aquellos otros que la Comisión determine, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
El Director General del Profesorado y
Gestión de Recursos Humanos,
CSIF
Fdo.: C.M.M. Fdo.: P.L.F.C.
APPRECE ANPE
Fdo.: M.G.G. Fdo.: E.V.G.
00320973
CC.OO. UGT SP
Fdo.: J.R.E.A. Fdo.: J.M.R.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7373/2
Comisión y 5 representantes de la parte social, elegidos cada uno de estos por las
organizaciones sindicales firmantes del presente Convenio que, a efecto de votaciones,
actuará en proporción de la representatividad que ostente la organización sindical
respectiva, según los resultados electorales vigentes en cada momento. Asimismo,
contará con un Secretario o Secretaria que designará la Administración de la Junta de
Andalucía que tendrá voz pero no voto y que, entre sus funciones, tendrá la gestión de un
Registro de documentos y escritos dirigidos a la Comisión del Convenio, quedando estos
a disposición de los miembros de la citada Comisión.
3. La Comisión del Convenio se reunirá siempre que las partes lo soliciten por escrito
con una antelación mínima de diez días hábiles (plazo que podrá ser inferior en casos
de reconocida urgencia por ambas partes), expresando claramente los temas cuyo
tratamiento se propone. La Comisión se reunirá con carácter preceptivo una vez al año,
durante el primer trimestre del curso escolar. La representación de la parte social podrá
ser asistida en las reuniones por asesorías técnicas.
4. La Comisión del Convenio asumirá el Reglamento de Régimen Interno ya aprobado
por la entonces denominada Comisión de Aplicación e Interpretación del Convenio
Colectivo.
5. Los Acuerdos de la Comisión del Convenio se adoptarán por mayoría absoluta de
cada una de las partes y serán recogidos en actas, constando la fecha de su eficacia y
número de orden, y vincularán a ambas partes en los mismos términos que el presente
Convenio, al cual se anexarán.
6. Los Acuerdos relativos a las letras a) y b) del apartado 1 del presente artículo, y
aquellos otros que la Comisión determine, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
El Director General del Profesorado y
Gestión de Recursos Humanos,
CSIF
Fdo.: C.M.M. Fdo.: P.L.F.C.
APPRECE ANPE
Fdo.: M.G.G. Fdo.: E.V.G.
00320973
CC.OO. UGT SP
Fdo.: J.R.E.A. Fdo.: J.M.R.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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