3. Otras disposiciones. . (2025/100-42)
Orden de 22 de mayo de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones de replanteo, los datos identificativos de la línea delimitadora entre los términos municipales de Fiñana y de Laujar de Andarax, ambos en la provincia de Almería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Miércoles, 28 de mayo de 2025
página 7399/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 22 de mayo de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones
de replanteo, los datos identificativos de la línea delimitadora entre los términos
municipales de Fiñana y de Laujar de Andarax, ambos en la provincia de
Almería.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo mencionadas en el
encabezamiento y en consideración a los siguientes
HECHOS

Segundo. Con fecha 28.3.2025 fue emitido informe por el IECA, en el cual se detallan
las actuaciones de replanteo realizadas sobre la línea límite entre los municipios de
Fiñana y de Laujar de Andarax, con el objeto de proyectar la línea definitiva acordada en
su día sobre la realidad física existente en la actualidad.
Del citado informe se deriva que se han empleado como documentos jurídicos
básicos acreditativos de la delimitación los siguientes:
- Certificado de 14 de febrero de 1897, del Secretario del Ayuntamiento de Laujar de
Andarax, en el que se transcribe:
* El Acta de 28 de septiembre de 1889, sobre el deslinde entre los municipios de
Fiñana y de Laujar de Andarax.
* El Acta de 7 de octubre de 1889, sobre el deslinde entre los municipios de Laujar de
Andarax y de Paterna del Río.
- Acta de 28 de noviembre de 1898, sobre la operación practicada para reconocer la
línea de término y señalar los mojones comunes a los términos municipales de Laujar de
Andarax y de Fiñana, pertenecientes ambos a la provincia de Almería.
De la referida documentación se concluye lo siguiente:
La línea límite se halla conformada por un total de 2 puntos de amojonamiento.
El mojón cuatrigémino inicial PA1 es común a los municipios de Fiñana, de Laujar de
Andarax, de Huéneja y de Paterna del Río.
El mojón trigémino final PA2 es común a los municipios de Fiñana, de Laujar de
Andarax y de Abrucena.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320999

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se
establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro
Andaluz de Entidades Locales, con fecha 23.1.2025 la persona titular de la Secretaría
General de Administración Local dictó resolución de inicio de las actuaciones de
demarcación para el establecimiento de los datos identificativos de la línea delimitadora
entre los municipios de Fiñana y de Laujar de Andarax, ambos en la provincia de Almería.
En virtud del mismo precepto, con fecha 24.1.2025 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de replanteo.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
administraciones públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada a los
municipios afectados de Almería (Abrucena, Fiñana, Laujar de Andarax y Paterna del Río) y
de Granada (Huéneja), así como a las Diputaciones Provinciales de Almería y de Granada.