Disposiciones generales. . (2025/98-7)
Decreto 103/2025, de 21 de mayo, por el que se constituye el Sistema interno de información de la organización central y territorial de la Administración de la Junta de Andalucía y se regula su organización y funcionamiento.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Lunes, 26 de mayo de 2025

página 7290/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Decreto 103/2025, de 21 de mayo, por el que se constituye el Sistema interno
de información de la organización central y territorial de la Administración de la
Junta de Andalucía y se regula su organización y funcionamiento.
I
La Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre
de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del
Derecho de la Unión, supone un importante avance en la protección de aquellas personas
que informen sobre presuntas conductas fraudulentas o de corrupción e infracciones
del ordenamiento jurídico. Con el fin de detectar estas amenazas y perjuicios para el
interés público, se hace esencial el establecimiento de canales internos, confidenciales
y seguros, capaces de garantizar la protección de los denunciantes frente a posibles
represalias.
La incorporación de la Directiva al ordenamiento jurídico español se realizó a través
de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que
informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, cuya finalidad
es otorgar a los informantes una protección adecuada frente a las represalias, así como
el fortalecimiento de la cultura de la información, de las infraestructuras de integridad de
las organizaciones y el fomento de la cultura de la información o comunicación como
mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.
Si bien el día 13 de marzo de 2023 tuvo lugar la entrada en vigor de la ley, la
disposición transitoria segunda señalaba en su apartado 1 que, en el plazo máximo de
tres meses a partir de la entrada en vigor, las Administraciones, organismos, empresas y
demás entidades obligadas debían contar con un Sistema interno de información. Por su
parte, el artículo 63.1.g), relativo a las infracciones, establece que es falta muy grave el
incumplimiento de la obligación de disponer de un Sistema interno de información en los
términos exigidos.
Previa consulta con los agentes sociales, se dictó la Instrucción 1/2023, de 12 de junio
de 2023, de la Secretaría General para la Administración Pública, mediante la que se
establece el sistema interno de información de la Administración de la Junta de Andalucía
en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las
personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
El Consejo de Gobierno tomó conocimiento de la puesta en funcionamiento del mismo
mediante Acuerdo de 20 de junio de 2023.
Sin perjuicio de lo anterior, con carácter previo a la aprobación de la Ley 2/2023, de
20 de febrero, la Comunidad Autónoma de Andalucía ya se había dotado de un marco
normativo propio en desarrollo de la Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de octubre de 2019, a través de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha
contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición final octava de la Ley 2/2023, de
20 de febrero, dicha norma tiene carácter básico, con la excepción de lo regulado en el
Título VIII que únicamente resulta de aplicación a la Administración General del Estado y
resto de entidades del sector público estatal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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