3. Otras disposiciones. . (2025/97-25)
Orden de 11 de mayo de 2025, por la que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Viernes, 23 de mayo de 2025
página 6966/9

CAPÍTULO III
Modalidades de acreditación
Artículo 17. Modalidades de acreditación por niveles de competencia digital docente.
Las modalidades de acreditación de la competencia digital docente sujetas al
procedimiento establecido en la presente orden serán las que figuren en el Anexo I del
Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación sobre la certificación, acreditación
y reconocimiento de la competencia digital docente vigente en el momento de la
convocatoria.
Artículo 18. Acreditación de oficio de un nivel de competencia digital docente.
Por resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia
de formación del profesorado, y garantizando en todo caso que se cumplen los requisitos
establecidos en el artículo 5, se podrá acreditar de oficio un nivel de competencia digital
docente mediante alguna de las siguientes modalidades:
a) Acreditación de los niveles A1, A2, B1 y B2 mediante certificación de la formación:
Superación de una o varias actividades formativas certificadas por el Registro de
Formación Permanente del Profesorado o del Ministerio competente en educación no
universitaria.
b) Acreditación de los niveles B1, B2, C1 y C2 por el desempeño de roles y puestos
docentes, que determine la Dirección General competente en materia de formación
del profesorado, cuyas funciones se encuentren específicamente relacionadas con las
tecnologías educativas.
Disposición adicional única. Acreditaciones de otras Administraciones educativas.
Tendrán carácter oficial y validez en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Andalucía las acreditaciones en competencia digital docente de otras Administraciones
educativas del ámbito estatal, que estén basadas en el Acuerdo de Conferencia Sectorial
de Educación sobre la certificación, acreditación y reconocimiento de la competencia
digital docente, vigente en el momento de la convocatoria.
Disposición final primera. Habilitación para la actualización de las modalidades de
acreditación de la competencia digital docente.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia
de formación del profesorado para actualizar las modalidades de acreditación de la
competencia digital docente recogidas en el Anexo I del Acuerdo de la Conferencia
Sectorial de Educación sobre certificación acreditación y reconocimiento de la
competencia digital docente que esté vigente.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía».
Sevilla, 11 de mayo de 2025
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA

00320565

Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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