3. Otras disposiciones. . (2025/96-43)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, por la que se adoptan medidas preventivas con carácter temporal, durante el período estival, en la franja marina asociada a determinadas playas naturales del Parque Natural y ZEC Cabo de Gata-Níjar, para la conservación de hábitats litorales protegidos, la ordenación de las actividades de uso público y evitar situaciones de riesgo para la seguridad o el bienestar de las personas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 7105/6

Segundo. Esta medida afectará a las playas naturales, según zonificación del PORN:
Playa de los Muertos (zona B3), Cala Enmedio ( zona B1), Cala del Plomo (zona B3), Cala
San Pedro (zona B1), Playazo de Rodalquilar (zona B3), Playa Isleta del Moro a poniente
Afloramientos Rocosos contiguos (zona B4-B1), Playa de los Genoveses (zona B3), Playa
del Barronal (zona B3), Playa de Mónsul (zona B3), Playa de la Media Luna (zona B3),
Playa del Corralete (zona B3) y la Zona de Reserva Marina (zona A2) «Arrecife de Las
Sirenas».
Tercero. Ejecutar lo establecido mediante Resolución de 6 de mayo de 2025, de
autorización de ocupación de bienes de dominio público marítimo-terrestre para la
señalización, mediante balizamiento de la franja marítimo litoral, de diversas playas
naturales y de la zona de reserva marina «Arrecife de las Sirenas» del Parque Natural
Cabo de Gata-Níjar, con destino a la conservación de habitas litorales protegidos y
ordenación de las actividades de uso público, dentro de los límites del parque en los
tt.mm. de Níjar y Carboneras. núm. AUT02/25/AL/0010.
Cuarto. De este modo, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 73.1 del Real
Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de
Costas «en las zonas de baño debidamente balizadas estará prohibida la navegación
deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante
movido a vela o motor».
Quinto. Notificar la presente resolución a la Capitanía Marítima de Almería, a los
efectos oportunos.
Sexto.Notificar la presente resolución a los Ayuntamientos de Carboneras y Níjar, a
los efectos oportunos.
Séptimo. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la
presente resolución de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad y
Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que
tenga lugar la publicación del presente acto, todo ello de conformidad con lo establecido
en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

00320704

Almería, 12 de mayo de 2025.- El Delegado, Manuel de la Torre Francia.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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