3. Otras disposiciones. . (2025/91-39)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa a los afectados por la suspensión acordada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
página 6691/3

Sobre la base de dicho precepto, se dicta el «Acuerdo de 26 de octubre de 2010, del
Consejo de Gobierno, por el que se declaran de interés de la Comunidad Autónoma de
Andalucía las obras hidráulicas destinadas al cumplimiento del objetivo de la calidad de
las aguas de Andalucía», por el que se declaran de interés de la Comunidad Autónoma
las infraestructuras de depuración y saneamiento incluidas en el anexo del referido
acuerdo, entre las que se encuentra la «EDAR en la aglomeración Málaga-Norte», en la
provincia de Málaga.
Segundo. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010,
de 30 de julio, de Aguas para Andalucía:
«La aprobación por la Consejería competente en materia de agua de los proyectos
de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma supondrá,
implícitamente, la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como
la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de
expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres,
y se extenderán a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo definitivo de las
obras y en las modificaciones de proyectos y obras complementarias o accesorias no
segregables de la principal».
Se considera, por tanto, de aplicación el procedimiento expropiatorio de urgente
ocupación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954 (en adelante LEF) y los artículos 56 y siguientes del Decreto de 26 de
abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa
(en adelante REF).
Tercero. De conformidad con el artículo único de la Orden de 14 de octubre de
2024 (BOJA núm. 203, de 17 de octubre de 2024), por la que se delegan y atribuyen
competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural, corresponde a las personas titulares de los órganos directivos
periféricos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
c) En materia de expropiación forzosa, acordar la necesidad de ocupar los bienes y
adquirir los derechos indispensables para el fin de la expropiación, así como la tramitación
y resolución de los procedimientos en todas sus fases, sin perjuicio de la coordinación de
los mismos por los órganos directivos centrales en sus respectivos ámbitos sectoriales.

Quinto. La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
en Málaga, dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante
citación individual, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 52 de la LEF.
Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que figuran
en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren afectados,
hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a
la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la sede de la Delegación
Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga domiciliada en
Avda. de la Aurora, 47, 29002 Málaga, a los solos efectos de subsanar posibles errores
que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos
parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las
dependencias citadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320291

Cuarto. La presente resolución de convocatoria de levantamiento de actas previas
a la urgente ocupación será expuesta en los tablones de edictos del Ayuntamiento
de Alhaurín de la Torre, se publicará en el BOJA, así como en el BOP. Así mismo, la
Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga tramitará
el anuncio de la presente resolución en uno de los diarios provinciales de mayor difusión.