3. Otras disposiciones. . (2025/91-47)
Orden de 6 de mayo de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones de replanteo, los datos identificativos de la línea delimitadora entre los términos municipales de Canjáyar y de Rágol, ambos en la provincia de Almería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
página 6742/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 6 de mayo de 2025, por la que se establecen, mediante actuaciones
de replanteo, los datos identificativos de la línea delimitadora entre los términos
municipales de Canjáyar y de Rágol, ambos en la provincia de Almería.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo mencionadas en el
encabezamiento, y en consideración a los siguientes
HECHOS

Segundo. Con fecha 26.2.2025 fue emitido informe por el IECA, en el cual se detallan
las actuaciones de replanteo realizadas sobre la línea límite entre los municipios de
Canjáyar y de Rágol, con el objeto de proyectar la línea definitiva acordada en su día
sobre la realidad física existente en la actualidad.
Del citado informe se deriva que se han empleado como documentos jurídicos
básicos acreditativos de la delimitación:
- Certificado de 8 de febrero de 1897, del Secretario del Ayuntamiento de Rágol,
relativo a los deslindes de:
Canjáyar-Rágol realizado el 7 de noviembre de 1889,
Instinción-Rágol realizado el 15 de noviembre de 1889 y
Alsodux-Rágol el 16 de noviembre de 1889.
- Acta de 26 de marzo de 1898, relativa a la operación practicada para señalar los
mojones comunes a los municipios de Canjáyar y de Rágol.
De la referida documentación se concluye lo siguiente:
La línea límite se halla conformada por un total de 11 puntos de amojonamiento.
El mojón cuatrigémino inicial PA1 es común a los municipios de Canjáyar, Rágol,
Alboloduy y Alsodux en su enclave de Montenegro.
El mojón trigémino final PA11 es común a los municipios de Canjáyar, Rágol e
Instinción.
Consta en el certificado de 8 de febrero de 1897, del Secretario del Ayuntamiento de
Rágol, relativo al deslinde efectuado el 7 de noviembre de 1889 entre Canjáyar y Rágol,
la asistencia y conformidad de las comisiones de ambos municipios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320342

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se
establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro
Andaluz de Entidades Locales, con fecha 8.11.2024 la persona titular de la Secretaría
General de Administración Local dictó resolución de inicio de las actuaciones de
demarcación para el establecimiento de los datos identificativos de la línea delimitadora
entre los municipios de Canjáyar y de Rágol, ambos en la provincia de Almería.
En virtud del mismo precepto, con fecha 27.11.2024 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de replanteo.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
administraciones públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada a
los municipios afectados, así como a la Diputación Provincial de Almería.