Autoridades y personal. . (2025/90-20)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convocan plazas de facultativos especialistas en ciencias de la salud en el marco del Programa de formación e investigación María Castellano Arroyo y del convenio suscrito entre el SAS y la Universidad de Málaga con esta finalidad.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6606/8
10. Incorporaciones, renuncias y bajas.
1. La incorporación de los profesionales seleccionados para contratación en el
Programa María Castellano Arroyo en sus respectivos Centros y Unidades de Gestión
Clínica/Servicios, deberá efectuarse en el plazo que, al efecto, establezca la resolución
de final de esta convocatoria.
2. Cuando una persona profesional seleccionada no se incorpore en el plazo
establecido, sin que medie autorización de aplazamiento, perderá los derechos relativos
a la contratación por el SAS en este programa. En este caso, el SAS podrá ofertar a otro
profesional que haya sido evaluado positivamente en el proceso de selección de estas
contrataciones y que no haya obtenido posibilidad de acceso a la contratación.
3. Los centros sanitarios responsables de la contratación de los profesionales de
este programa, deberán comunicar a la Dirección Gerencia del SAS las renuncias,
interrupciones y demás incidencias de los contratos financiados en el plazo máximo de
10 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha en que se produzcan.
4. Evaluación de resultados. En las evaluaciones de resultados periódicas y finales
se tomarán en cuenta las eventuales situaciones de bajas laborales por enfermedad,
maternidad, etc. y permisos (por ejemplo cuidado de hijos), prorrogando -en la misma
medida- el periodo evaluado.
11. Compatibilidades y prórrogas.
Si antes de iniciarse el contrato en el programa María Castellano Arroyo la persona
profesional seleccionada estuviera ya contratada en un centro sanitario del Sistema
Nacional de Salud mediante una ayuda a la financiación de un programa competitivo
nacional de RR.HH (en particular Río Hortega o Juan Rodés del ISCIII) o europeo de
naturaleza competitiva, podrá solicitar a esta Dirección Gerencial, la autorización de la
prórroga para la incorporación durante el tiempo restante para la finalización de la ayuda
de RR.HH concedida, que, en cualquier caso no podrá ser superior a un año.
La citada autorización estará supeditada a la valoración que realice la Junta de
Selección y Evaluación, así como a las disponibilidades presupuestarias para la ejecución
de la prórroga.
Para aquellas prórrogas que sean autorizadas, una vez finalizada dicha prórroga,
la persona profesional seleccionada deberá incorporarse al programa María Castellano
en un plazo de 5 días hábiles, retomando en ese momento el cómputo temporal hasta
completar los 6 años (con posibilidad de ampliación por un año más) de su trabajo en el
marco del programa María Castellano.
El desarrollo del contrato en el Programa María Castellano Arroyo será incompatible
a todos los efectos con cualquier otra actividad contratada pública o privada.
13. Efectos.
La presente resolución producirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 6 de mayo de 2025.- La Directora Gerente, María del Valle García Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320207
12. Supuestos de finalización de la participación en el programa:
1. La participación en el Programa de las personas profesionales contratadas en
el mismo finalizará, sin perjuicio de la baja voluntaria en el programa, en los supuestos
contemplados en la Estipulación Segunda punto 6 del Convenio suscrito entre el SAS y la
Universidad de Málaga para el desarrollo del programa.
2. El contrato y, en su caso, las prórrogas podrán extinguirse por las causas recogidas
en los artículos 49 a 52 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6606/8
10. Incorporaciones, renuncias y bajas.
1. La incorporación de los profesionales seleccionados para contratación en el
Programa María Castellano Arroyo en sus respectivos Centros y Unidades de Gestión
Clínica/Servicios, deberá efectuarse en el plazo que, al efecto, establezca la resolución
de final de esta convocatoria.
2. Cuando una persona profesional seleccionada no se incorpore en el plazo
establecido, sin que medie autorización de aplazamiento, perderá los derechos relativos
a la contratación por el SAS en este programa. En este caso, el SAS podrá ofertar a otro
profesional que haya sido evaluado positivamente en el proceso de selección de estas
contrataciones y que no haya obtenido posibilidad de acceso a la contratación.
3. Los centros sanitarios responsables de la contratación de los profesionales de
este programa, deberán comunicar a la Dirección Gerencia del SAS las renuncias,
interrupciones y demás incidencias de los contratos financiados en el plazo máximo de
10 días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha en que se produzcan.
4. Evaluación de resultados. En las evaluaciones de resultados periódicas y finales
se tomarán en cuenta las eventuales situaciones de bajas laborales por enfermedad,
maternidad, etc. y permisos (por ejemplo cuidado de hijos), prorrogando -en la misma
medida- el periodo evaluado.
11. Compatibilidades y prórrogas.
Si antes de iniciarse el contrato en el programa María Castellano Arroyo la persona
profesional seleccionada estuviera ya contratada en un centro sanitario del Sistema
Nacional de Salud mediante una ayuda a la financiación de un programa competitivo
nacional de RR.HH (en particular Río Hortega o Juan Rodés del ISCIII) o europeo de
naturaleza competitiva, podrá solicitar a esta Dirección Gerencial, la autorización de la
prórroga para la incorporación durante el tiempo restante para la finalización de la ayuda
de RR.HH concedida, que, en cualquier caso no podrá ser superior a un año.
La citada autorización estará supeditada a la valoración que realice la Junta de
Selección y Evaluación, así como a las disponibilidades presupuestarias para la ejecución
de la prórroga.
Para aquellas prórrogas que sean autorizadas, una vez finalizada dicha prórroga,
la persona profesional seleccionada deberá incorporarse al programa María Castellano
en un plazo de 5 días hábiles, retomando en ese momento el cómputo temporal hasta
completar los 6 años (con posibilidad de ampliación por un año más) de su trabajo en el
marco del programa María Castellano.
El desarrollo del contrato en el Programa María Castellano Arroyo será incompatible
a todos los efectos con cualquier otra actividad contratada pública o privada.
13. Efectos.
La presente resolución producirá sus efectos al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 6 de mayo de 2025.- La Directora Gerente, María del Valle García Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320207
12. Supuestos de finalización de la participación en el programa:
1. La participación en el Programa de las personas profesionales contratadas en
el mismo finalizará, sin perjuicio de la baja voluntaria en el programa, en los supuestos
contemplados en la Estipulación Segunda punto 6 del Convenio suscrito entre el SAS y la
Universidad de Málaga para el desarrollo del programa.
2. El contrato y, en su caso, las prórrogas podrán extinguirse por las causas recogidas
en los artículos 49 a 52 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.