3. Otras disposiciones. . (2025/90-42)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se conceden subvenciones a varios auxiliares de conversación seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional que colaborarán en centros públicos andaluces durante el curso 2024-2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6600/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Orden de 28 de junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros
docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone en su artículo 23 que los
centros públicos bilingües serán dotados, al menos, con un auxiliar de conversación a
tiempo parcial o total y que las modalidades de provisión de los auxiliares de conversación
en los centros bilingües, así como la regulación de las ayudas correspondientes para el
desarrollo de sus funciones, serán las establecidas con carácter general en la normativa
de aplicación en los centros públicos.
La Orden de 22 de septiembre de 2011, por la que se establecen las modalidades
de provisión y las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a auxiliares
de conversación, prevé en su artículo 4 la provisión de auxiliares de conversación
seleccionados por el Ministerio de Educación. Así, la Resolución de 18 de diciembre de 2020,
de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan plazas para auxiliares
de conversación extranjeros para el curso académico 2021-2022, incluye como objeto la
selección de candidatos para cubrir las plazas de auxiliares de conversación demandadas
por las Comunidades Autónomas de acuerdo con sus planificaciones y presupuestos.
En este contexto, y para la correcta gestión del Programa de Auxiliares de
Conversación, las bases de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta
de Andalucía para el curso 2024-2025 establecen un número máximo de 1.707 auxiliares
de conversación, seleccionados por este ministerio y financiados por esta consejería,
para colaborar en los centros educativos andaluces. La financiación asumida por la
Comunidad Autónoma de Andalucía cubrirá el abono de una asignación mensual de
ochocientos euros (800 €) en concepto de ayuda para la manutención y alojamiento
en€ España, desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de mayo de 2025, durante el
periodo de colaboración del auxiliar en los centros educativos. Asimismo, se acuerda
que los auxiliares de conversación se regirán por las condiciones establecidas en la
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril de 2005, de bases reguladoras de la concesión
de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva. Adicionalmente, el
artículo 5 de la Orden de 22 de septiembre de 2011 prevé que, en aquellos aspectos no
regulados en las bases de colaboración, el régimen jurídico aplicable a los auxiliares de
conversación será el establecido en el Capítulo III de dicha orden.
Así, la Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Innovación
y Formación del Profesorado, concedió subvenciones a los auxiliares de conversación
seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional que colaborarán
en centros públicos andaluces durante el curso 2024-2025.
Con posterioridad a la citada Resolución de 23 de diciembre de 2024, se ha recibido
en la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, una corrección
de errores a la relación priorizada de los auxiliares seleccionados por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional con destino en centros educativos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, debiendo incluir a los auxiliares que se refieren en el anexo en
dicha relación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320201
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Innovación y
Formación del Profesorado, por la que se conceden subvenciones a varios
auxiliares de conversación seleccionados por el Ministerio de Educación y
Formación Profesional que colaborarán en centros públicos andaluces durante
el curso 2024-2025.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6600/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Orden de 28 de junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros
docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone en su artículo 23 que los
centros públicos bilingües serán dotados, al menos, con un auxiliar de conversación a
tiempo parcial o total y que las modalidades de provisión de los auxiliares de conversación
en los centros bilingües, así como la regulación de las ayudas correspondientes para el
desarrollo de sus funciones, serán las establecidas con carácter general en la normativa
de aplicación en los centros públicos.
La Orden de 22 de septiembre de 2011, por la que se establecen las modalidades
de provisión y las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a auxiliares
de conversación, prevé en su artículo 4 la provisión de auxiliares de conversación
seleccionados por el Ministerio de Educación. Así, la Resolución de 18 de diciembre de 2020,
de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan plazas para auxiliares
de conversación extranjeros para el curso académico 2021-2022, incluye como objeto la
selección de candidatos para cubrir las plazas de auxiliares de conversación demandadas
por las Comunidades Autónomas de acuerdo con sus planificaciones y presupuestos.
En este contexto, y para la correcta gestión del Programa de Auxiliares de
Conversación, las bases de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación
Profesional y la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta
de Andalucía para el curso 2024-2025 establecen un número máximo de 1.707 auxiliares
de conversación, seleccionados por este ministerio y financiados por esta consejería,
para colaborar en los centros educativos andaluces. La financiación asumida por la
Comunidad Autónoma de Andalucía cubrirá el abono de una asignación mensual de
ochocientos euros (800 €) en concepto de ayuda para la manutención y alojamiento
en€ España, desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de mayo de 2025, durante el
periodo de colaboración del auxiliar en los centros educativos. Asimismo, se acuerda
que los auxiliares de conversación se regirán por las condiciones establecidas en la
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril de 2005, de bases reguladoras de la concesión
de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva. Adicionalmente, el
artículo 5 de la Orden de 22 de septiembre de 2011 prevé que, en aquellos aspectos no
regulados en las bases de colaboración, el régimen jurídico aplicable a los auxiliares de
conversación será el establecido en el Capítulo III de dicha orden.
Así, la Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Innovación
y Formación del Profesorado, concedió subvenciones a los auxiliares de conversación
seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional que colaborarán
en centros públicos andaluces durante el curso 2024-2025.
Con posterioridad a la citada Resolución de 23 de diciembre de 2024, se ha recibido
en la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, una corrección
de errores a la relación priorizada de los auxiliares seleccionados por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional con destino en centros educativos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, debiendo incluir a los auxiliares que se refieren en el anexo en
dicha relación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320201
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Innovación y
Formación del Profesorado, por la que se conceden subvenciones a varios
auxiliares de conversación seleccionados por el Ministerio de Educación y
Formación Profesional que colaborarán en centros públicos andaluces durante
el curso 2024-2025.