3. Otras disposiciones. . (2025/85-38)
Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos, por la que se incluye en el Inventario de Humedales de Andalucía la zona húmeda conocida como Haza de la Torre, sito en el término municipal de Jerez de la Frontera de la provincia de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Miércoles, 7 de mayo de 2025
página 6304/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Espacios
Naturales Protegidos, por la que se incluye en el Inventario de Humedales de
Andalucía la zona húmeda conocida como Haza de la Torre, sito en el término
municipal de Jerez de la Frontera de la provincia de Cádiz.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 3, 4 y 5 del Decreto 98/2004, de 9 de marzo,
por el que se crea el Inventario de Humedales de Andalucía y el Comité Andaluz de
Humedales, en el Inventario de Humedales de la Comunidad Autónoma de Andalucía se
incluirán aquellos humedales que cumplan alguna de las siguientes características:
1. Humedales que constituyan el hábitat de poblaciones o comunidades de
organismos que se consideren de especial interés natural.
a) Los que alberguen especies de microorganismos, flora o fauna que se encuentren
amenazados de acuerdo con la normativa vigente.
b) Los que incluyan especies de microorganismos, flora o fauna cuyo área de
distribución sea exclusiva, esté básicamente comprendida en los humedales andaluces,
o sean endemismos andaluces, ibéricos o iberoafricanos.
2. Humedales de interés geológico, geomorfológico, biogeoquímico o cultural, o que
presenten un gran valor por su rareza o representatividad.
En los artículos 6 y 7 del Decreto 98/2004, de 9 de marzo, por el que se crea el
Inventario de Humedales de Andalucía y el Comité Andaluz de Humedales, se establece
el procedimiento para la inclusión de un humedal en el Inventario de Humedales de
Andalucía, lo que supondrá su denominación como Humedal Andaluz, habida cuenta de
sus intrínsecos valores naturales. El procedimiento de inclusión se inicia por el titular de
la Dirección General competente en materia de la Red de Espacios Naturales Protegidos,
conforme a lo establecido en el artículo 7.1 del decreto.
El Comité Andaluz de Humedales en su reunión del 21 de noviembre de 2024, de
acuerdo con el artículo 10.g) del Decreto 98/2004, de 9 de marzo, acordó proponer
la inclusión del Humedal Haza de la Torre (Jerez de la Frontera) en el Inventario de
Humedales de Andalucía, dado que dicho humedal reúne las características del artículo
5 del mencionado decreto, por cuya razón la Dirección General de Espacios Naturales
Protegidos inició el procedimiento para incluir el mencionado humedal en el Inventario de
Humedales de Andalucía.
En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos en el
procedimiento legalmente establecido por el Decreto 98/2004, de 9 de marzo: un período
de información pública (BOJA núm. 47, de 11 de marzo de 2025), y de audiencia a los
organismos, Corporaciones Locales, particulares y entidades afectadas durante el plazo
de 30 días hábiles. Durante estos trámites no se presentaron alegaciones.
00319905
En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, de
acuerdo con el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, y el Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Miércoles, 7 de mayo de 2025
página 6304/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Espacios
Naturales Protegidos, por la que se incluye en el Inventario de Humedales de
Andalucía la zona húmeda conocida como Haza de la Torre, sito en el término
municipal de Jerez de la Frontera de la provincia de Cádiz.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 3, 4 y 5 del Decreto 98/2004, de 9 de marzo,
por el que se crea el Inventario de Humedales de Andalucía y el Comité Andaluz de
Humedales, en el Inventario de Humedales de la Comunidad Autónoma de Andalucía se
incluirán aquellos humedales que cumplan alguna de las siguientes características:
1. Humedales que constituyan el hábitat de poblaciones o comunidades de
organismos que se consideren de especial interés natural.
a) Los que alberguen especies de microorganismos, flora o fauna que se encuentren
amenazados de acuerdo con la normativa vigente.
b) Los que incluyan especies de microorganismos, flora o fauna cuyo área de
distribución sea exclusiva, esté básicamente comprendida en los humedales andaluces,
o sean endemismos andaluces, ibéricos o iberoafricanos.
2. Humedales de interés geológico, geomorfológico, biogeoquímico o cultural, o que
presenten un gran valor por su rareza o representatividad.
En los artículos 6 y 7 del Decreto 98/2004, de 9 de marzo, por el que se crea el
Inventario de Humedales de Andalucía y el Comité Andaluz de Humedales, se establece
el procedimiento para la inclusión de un humedal en el Inventario de Humedales de
Andalucía, lo que supondrá su denominación como Humedal Andaluz, habida cuenta de
sus intrínsecos valores naturales. El procedimiento de inclusión se inicia por el titular de
la Dirección General competente en materia de la Red de Espacios Naturales Protegidos,
conforme a lo establecido en el artículo 7.1 del decreto.
El Comité Andaluz de Humedales en su reunión del 21 de noviembre de 2024, de
acuerdo con el artículo 10.g) del Decreto 98/2004, de 9 de marzo, acordó proponer
la inclusión del Humedal Haza de la Torre (Jerez de la Frontera) en el Inventario de
Humedales de Andalucía, dado que dicho humedal reúne las características del artículo
5 del mencionado decreto, por cuya razón la Dirección General de Espacios Naturales
Protegidos inició el procedimiento para incluir el mencionado humedal en el Inventario de
Humedales de Andalucía.
En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos en el
procedimiento legalmente establecido por el Decreto 98/2004, de 9 de marzo: un período
de información pública (BOJA núm. 47, de 11 de marzo de 2025), y de audiencia a los
organismos, Corporaciones Locales, particulares y entidades afectadas durante el plazo
de 30 días hábiles. Durante estos trámites no se presentaron alegaciones.
00319905
En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, de
acuerdo con el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, y el Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja