Autoridades y personal. . (2025/85-7)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Celador/a, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Miércoles, 7 de mayo de 2025
página 6269/3

Cuarto. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que
se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la
misma. La documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de
desplazamiento deberá ser presentada, de forma electrónica, a través del Registro
Telemático de la Junta de Andalucía (Presentación Electrónica General), al que se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319870

al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la
persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de
garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, han de solicitar
por orden de preferencia todos los centros de destinos ofertados de conformidad con
la redacción dada por la Resolución de 18 de julio de 2024 (publicada en la web del
Servicio Andaluz de Salud en fecha 24 de julio de 2024), que aprueba las listas definitivas
de personas que superan las pruebas selectivas de concurso por el sistema de acceso
libre de Celador/a, convocadas mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, en
desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal
para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias,
se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la relación de las plazas que se
ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino, especificando para ello los códigos de
centros indicados en dicho anexo.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas y de no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la
función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de firma del contrato para adquirir la condición de
personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
d) No posee, en la fecha establecida, la condición de personal laboral fijo en la misma
categoría y, en su caso, especialidad a la que se pretende acceder en el Sistema Nacional
de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa..