Autoridades y personal. . (2025/82-13)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de promoción interna para ingreso en el Cuerpo General de Administrativos para personas con discapacidad intelectual en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2023.
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Número 82 - Viernes, 2 de mayo de 2025
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en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En esta figurará, al
menos, el mismo número de plazas que personas aspirantes hayan sido seleccionadas.
2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles a contar
desde que se publique la oferta de vacantes para presentar la petición de destino a la
vista de las vacantes ofertadas y la documentación que se detalla en el apartado 4 de
la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección General de
Recursos Humanos y Función Pública. Cuando las circunstancias del proceso selectivo lo
permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, los trámites de oferta de vacantes,
presentación de la documentación preceptiva y petición de destinos podrán sustituirse
por un acto único, mediante comparecencias personales de quienes sean aspirantes en
el lugar y fecha que se determine por la Administración o, en su caso, a distancia, a
través de medios electrónicos, considerándose como válidos las videoconferencias y las
audioconferencias, siempre que permitan garantizar, de conformidad con la legislación
estatal de carácter básico en materia de procedimiento administrativo común, la identidad
de las personas que participen en ellas.
3. Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, la petición de destino
se presentará a través de la página web del empleado público de Andalucía
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico), conforme al modelo y procedimiento
que se detallará en la resolución de oferta de vacantes citada en el apartado 1 de la presente
base.
4. A la petición de destino realizada en la forma prevista en el apartado anterior, la
persona seleccionada habrá de adjuntar la siguiente documentación:
a) Copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia
del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos
Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio con competencia en materia
de Educación y Formación Profesional en el caso de títulos Universitarios oficiales o bien
certificado obtenido en la misma Sede Electrónica en el caso de títulos no universitarios
oficiales. Asimismo, se podrá adjuntar copia electrónica auténtica de la certificación
supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario y no poseer la condición de personal
funcionario del cuerpo convocado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
c) Certificado de aptitud en el que conste la capacidad funcional para el desempeño
de las funciones y tareas correspondientes al Cuerpo General de Administrativos de la
Junta de Andalucía expedido por la consejería competente en materia de Discapacidad
de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas.
Cuando dicho certificado deba ser expedido por el órgano competente en la materia
de la Junta de Andalucía, su presentación se sustituirá por la transmisión electrónica
de datos del órgano que debe emitir dicho certificado, salvo oposición expresa de la
persona interesada. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida
por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas, dicha
documentación deberá ser inexcusablemente aportada junto con la petición de destino.
d) En el caso de que las personas aspirantes soliciten puestos de trabajo con la
característica singular «Contacto habitual con Menores» deberán formular, conforme al
modelo que se incluya en la publicación en BOJA de la resolución de oferta de vacantes,
la correspondiente declaración responsable de no haber sido condenadas por sentencia
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319646
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 6045/14
en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En esta figurará, al
menos, el mismo número de plazas que personas aspirantes hayan sido seleccionadas.
2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles a contar
desde que se publique la oferta de vacantes para presentar la petición de destino a la
vista de las vacantes ofertadas y la documentación que se detalla en el apartado 4 de
la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección General de
Recursos Humanos y Función Pública. Cuando las circunstancias del proceso selectivo lo
permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, los trámites de oferta de vacantes,
presentación de la documentación preceptiva y petición de destinos podrán sustituirse
por un acto único, mediante comparecencias personales de quienes sean aspirantes en
el lugar y fecha que se determine por la Administración o, en su caso, a distancia, a
través de medios electrónicos, considerándose como válidos las videoconferencias y las
audioconferencias, siempre que permitan garantizar, de conformidad con la legislación
estatal de carácter básico en materia de procedimiento administrativo común, la identidad
de las personas que participen en ellas.
3. Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, la petición de destino
se presentará a través de la página web del empleado público de Andalucía
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico), conforme al modelo y procedimiento
que se detallará en la resolución de oferta de vacantes citada en el apartado 1 de la presente
base.
4. A la petición de destino realizada en la forma prevista en el apartado anterior, la
persona seleccionada habrá de adjuntar la siguiente documentación:
a) Copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia
del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos
Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio con competencia en materia
de Educación y Formación Profesional en el caso de títulos Universitarios oficiales o bien
certificado obtenido en la misma Sede Electrónica en el caso de títulos no universitarios
oficiales. Asimismo, se podrá adjuntar copia electrónica auténtica de la certificación
supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario y no poseer la condición de personal
funcionario del cuerpo convocado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
c) Certificado de aptitud en el que conste la capacidad funcional para el desempeño
de las funciones y tareas correspondientes al Cuerpo General de Administrativos de la
Junta de Andalucía expedido por la consejería competente en materia de Discapacidad
de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas.
Cuando dicho certificado deba ser expedido por el órgano competente en la materia
de la Junta de Andalucía, su presentación se sustituirá por la transmisión electrónica
de datos del órgano que debe emitir dicho certificado, salvo oposición expresa de la
persona interesada. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida
por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas, dicha
documentación deberá ser inexcusablemente aportada junto con la petición de destino.
d) En el caso de que las personas aspirantes soliciten puestos de trabajo con la
característica singular «Contacto habitual con Menores» deberán formular, conforme al
modelo que se incluya en la publicación en BOJA de la resolución de oferta de vacantes,
la correspondiente declaración responsable de no haber sido condenadas por sentencia
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319646
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía