3. Otras disposiciones. . (2025/77-38)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la anulación de la Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declara una Zona de Gran Afluencia Turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Jueves, 24 de abril de 2025
página 5782/3

«Acordamos haber lugar a la adopción de la ejecución provisional de la sentencia
recaída en el curso de las presentes actuaciones interesada por el Ayuntamiento de Jerez
de la Frontera. Sin costas.
Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles que la misma no es firme y que
contra ella cabe recurso de reposición en un plazo de cinco días.»
Por todo lo anteriormente expuesto y en uso de las competencias conferidas, la
Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo
RESU ELV E
Primero. Anular la Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de
Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se declara una Zona de Gran Afluencia Turística,
a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz), dejando
sin efectos la ZGAT declarada.
Segundo. Acordar el inicio de la tramitación de la declaración de una nueva Zona de
Gran Afluencia Turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de
la Frontera (Cádiz).
Tercero. Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera
conforme a lo establecido en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto. La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente, mediante recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en el plazo de un mes; formularse por parte
del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera el requerimiento entre Administraciones
previsto en el apartado 2 del artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dirigido a la persona titular de esta Consejería,
en el plazo de dos meses, a partir de la notificación de esta resolución, y posterior
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme al artículo 46.6 de
la referida ley, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a aquel en que se reciba
la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado; o bien
interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la misma Sala, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución,
conforme lo también previsto en el artículo 46.6, primer párrafo, de la citada ley.

00319383

La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 14.10.2022,
BOJA número 201, de 19.10), la Secretaria General de Empresa y Trabajo Autónomo,
Adolfina Martínez Guirado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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