Disposiciones generales. . (2025/77-2)
Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convoca el premio para el reconocimiento a centros bilingües de Andalucía con buenas prácticas docentes en enseñanza bilingüe o plurilingüe durante el curso 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Jueves, 24 de abril de 2025
página 5739/6

La persona titular de la Dirección General competente en materia de programas
educativos internacionales hará público el fallo del jurado a través de la resolución que se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
Noveno. Financiación de los premios.
1. La financiación de estos premios se realizará con cargo al servicio 03, concepto
22608 del programa 54C de la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio 2025
de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. La cuantía total
máxima destinada será de 12.000 euros.
2. La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros
docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.
3. Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a la realización de
actuaciones para el fomento de la enseñanza bilingüe.
4. Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente
y serán dedicadas exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no
pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.
Décimo. Entrega de premios.
El acto de entrega de los premios tendrá lugar antes del 31 de diciembre de 2025.
Undécimo. Difusión y publicación de las prácticas premiadas.
Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión
de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional de la Junta de Andalucía.
Los centros educativos deberán contar con la correspondiente autorización o licencia
para el uso, difusión y publicación de los textos, imágenes, recursos multimedia y
aplicaciones informáticas que se incluyan en las memorias. La Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional podrá difundir los trabajos premiados a través
de los medios que estime convenientes, bajo el tipo de licencia Creative Commons
Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual CC BY-NC-SA.
Las buenas prácticas premiadas se recogerán en la web de Programas Educativos
Internacionales de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Asimismo, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se reservará el
derecho de publicación de las memorias presentadas.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con
los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de abril de 2025.- La Directora General, María Estela Villalba Valdayo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319339

Duodécimo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.