3. Otras disposiciones. . (2025/76-39)
Orden de 15 de abril de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea delimitadora entre los términos municipales de El Gastor y de Olvera, ambos en la provincia de Cádiz, y se establecen sus datos identificativos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Miércoles, 23 de abril de 2025
página 5662/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 15 de abril de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea
delimitadora entre los términos municipales de El Gastor y de Olvera, ambos en
la provincia de Cádiz, y se establecen sus datos identificativos.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo mencionadas en el
encabezamiento, y en consideración a los siguientes
HECHOS
Segundo. Con fecha 19.2.2025 fue emitido informe por el IECA, en el cual se detallan
las actuaciones de replanteo realizadas sobre la línea límite entre los municipios de
El Gastor y de Olvera, con el objeto de proyectar la línea definitiva acordada en su día
sobre la realidad física existente en la actualidad.
Del citado informe se deriva que se han empleado como documentos jurídicos
básicos acreditativos de la delimitación:
- Acta de la operación practicada el 23 de octubre de 1872, para reconocer y señalar
los mojones comunes a los municipios de El Gastor y de Olvera, pertenecientes ambos a
la provincia de Cádiz.
- Decreto 135/2014, de 30 de septiembre, por el que se aprueba la segregación de la
Entidad Local Autónoma de Montecorto, del término municipal de Ronda (Málaga), para
su constitución como nuevo municipio (BOJA núm. 203, de 17.10.2014).
- Orden de 22 de octubre de 2018, por la que se establecen, mediante actuaciones
de replanteo, los datos identificativos de la línea que delimita los términos municipales de
Algodonales y Olvera, ambos en la provincia de Cádiz (BOJA núm. 208, de 26.10.2018).
De la referida documentación se concluye que la línea límite El Gastor-Olvera se halla
conformada por un total de 2 puntos de amojonamiento.
El mojón trigémino inicial PA1, común a los municipios de El Gastor, de Olvera y de
Algodonales. Hay que tener en cuenta que en la mencionada Orden de 22 de octubre de
2018, se encuentran georreferenciadas las coordenadas de este punto de amojonamiento,
establecidas según el vigente sistema geodésico de referencia ETRS89 (Real Decreto
1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial
en España).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319262
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se
establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro
Andaluz de Entidades Locales, con fecha 3.2.2025 la persona titular de la Secretaría General
de Administración Local dictó resolución de inicio del procedimiento de replanteo de la línea
delimitadora entre los municipios de El Gastor y de Olvera, ambos en la provincia de Cádiz.
En virtud del mismo precepto, con fecha 4.2.2025 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de replanteo.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada
a los municipios de El Gastor y de Olvera, a los municipios que comparten algún punto
de amojonamiento trigémino (Algodonales en la provincia de Cádiz y Montecorto en la
provincia de Málaga), así como a las Diputaciones Provinciales de Cádiz y de Málaga.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Miércoles, 23 de abril de 2025
página 5662/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 15 de abril de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea
delimitadora entre los términos municipales de El Gastor y de Olvera, ambos en
la provincia de Cádiz, y se establecen sus datos identificativos.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo mencionadas en el
encabezamiento, y en consideración a los siguientes
HECHOS
Segundo. Con fecha 19.2.2025 fue emitido informe por el IECA, en el cual se detallan
las actuaciones de replanteo realizadas sobre la línea límite entre los municipios de
El Gastor y de Olvera, con el objeto de proyectar la línea definitiva acordada en su día
sobre la realidad física existente en la actualidad.
Del citado informe se deriva que se han empleado como documentos jurídicos
básicos acreditativos de la delimitación:
- Acta de la operación practicada el 23 de octubre de 1872, para reconocer y señalar
los mojones comunes a los municipios de El Gastor y de Olvera, pertenecientes ambos a
la provincia de Cádiz.
- Decreto 135/2014, de 30 de septiembre, por el que se aprueba la segregación de la
Entidad Local Autónoma de Montecorto, del término municipal de Ronda (Málaga), para
su constitución como nuevo municipio (BOJA núm. 203, de 17.10.2014).
- Orden de 22 de octubre de 2018, por la que se establecen, mediante actuaciones
de replanteo, los datos identificativos de la línea que delimita los términos municipales de
Algodonales y Olvera, ambos en la provincia de Cádiz (BOJA núm. 208, de 26.10.2018).
De la referida documentación se concluye que la línea límite El Gastor-Olvera se halla
conformada por un total de 2 puntos de amojonamiento.
El mojón trigémino inicial PA1, común a los municipios de El Gastor, de Olvera y de
Algodonales. Hay que tener en cuenta que en la mencionada Orden de 22 de octubre de
2018, se encuentran georreferenciadas las coordenadas de este punto de amojonamiento,
establecidas según el vigente sistema geodésico de referencia ETRS89 (Real Decreto
1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial
en España).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319262
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se
establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro
Andaluz de Entidades Locales, con fecha 3.2.2025 la persona titular de la Secretaría General
de Administración Local dictó resolución de inicio del procedimiento de replanteo de la línea
delimitadora entre los municipios de El Gastor y de Olvera, ambos en la provincia de Cádiz.
En virtud del mismo precepto, con fecha 4.2.2025 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de replanteo.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada
a los municipios de El Gastor y de Olvera, a los municipios que comparten algún punto
de amojonamiento trigémino (Algodonales en la provincia de Cádiz y Montecorto en la
provincia de Málaga), así como a las Diputaciones Provinciales de Cádiz y de Málaga.