3. Otras disposiciones. . (2025/74-38)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba el modelo de Organización Asistencial del Cáncer Infantil y de la Adolescencia en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Lunes, 21 de abril de 2025
página 5515/8
l) Garantizar la atención por un equipo multidisciplinar formado por coordinador
asistencial, pediatras u oncólogos con dedicación a oncología pediátrica, hematólogo,
cirujano pediátrico, oncólogo radioterápico, anatomopatólogo, médico experto en
enfermedades infecciosas, radiólogo, personal de enfermería, trabajador social, profesor,
rehabilitador, dietista, psicólogo, personal de fisioterapia y terapia ocupacional.
Décimo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, momento a partir del cual quedarán sin efecto:
a) La Resolución 12/2022, de 24 de febrero, de la Dirección General de Asistencia
Sanitaria y Resultados en Salud para la organización asistencial del cáncer infantil y de la
adolescencia en el ámbito asistencial del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 59, de
28.3.2022).
b) La Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Asistencia
Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica
la Resolución de 24 de febrero para la organización asistencial del cáncer infantil y de la
adolescencia en el ámbito asistencial del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 120, de
21.6.2024).
Sevilla, 8 de abril de 2025.- La Directora General, Celia Fernández Delgado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319115
Noveno. Protocolo de presentación de casos por las Unidades de onco-hematología.
Todos los casos con sospecha o diagnóstico confirmado de neoplasia maligna serán
presentados y evaluados en su correspondiente Subcomité en cada una de las etapas
recogidas a continuación:
• Valoración Inicial:
◦ Debe ser realizada antes de los primeros 2-10 días del diagnóstico de sospecha.
◦ Para determinar la estrategia diagnóstica y de estadificación.
◦ Para definir la mejor opción terapéutica de acuerdo con un plan de seguimiento
personalizado en su centro de origen, siempre que sea posible, con garantías de calidad
o bien en uno de los Hospitales de Referencia.
◦ Siempre que sea posible se procurará la inclusión de los pacientes dentro de los
ensayos clínicos académicos promovidos desde SEHOP y ensayos fase I-II en los
centros donde el ensayo esté abierto.
• Se ofertará la opción para criopreservación si está indicada al diagnóstico.
◦ Todos los casos donde sea necesario un tratamiento posterior con trasplante o
terapia CART.
• Control evolutivo e incidencias.
◦ Coordinación del seguimiento de los pacientes.
• Evaluación de la correcta aplicación de los protocolos por parte de los Servicios
implicados.
• Ante sospecha de Recaida:
◦ Para establecer la estrategia diagnóstica y terapéutica a seguir y el Hospital donde
se llevará a cabo el tratamiento y seguimiento.
◦ Si está indicado por el tipo de tumor y está incluido en la cartera básica de
biomarcadores del SNS, se procurará el diagnóstico molecular para definir posibles
dianas terapéuticas.
◦ Siempre que sea posible se procurará la inclusión de los pacientes dentro de los
ensayos clínicos académicos promovidos desde SEHOP y ensayos fase I-II en los
centros donde el ensayo esté abierto.
◦ Todos los casos donde sea necesario un tratamiento posterior con trasplante o
terapia CART.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Lunes, 21 de abril de 2025
página 5515/8
l) Garantizar la atención por un equipo multidisciplinar formado por coordinador
asistencial, pediatras u oncólogos con dedicación a oncología pediátrica, hematólogo,
cirujano pediátrico, oncólogo radioterápico, anatomopatólogo, médico experto en
enfermedades infecciosas, radiólogo, personal de enfermería, trabajador social, profesor,
rehabilitador, dietista, psicólogo, personal de fisioterapia y terapia ocupacional.
Décimo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, momento a partir del cual quedarán sin efecto:
a) La Resolución 12/2022, de 24 de febrero, de la Dirección General de Asistencia
Sanitaria y Resultados en Salud para la organización asistencial del cáncer infantil y de la
adolescencia en el ámbito asistencial del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 59, de
28.3.2022).
b) La Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Asistencia
Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica
la Resolución de 24 de febrero para la organización asistencial del cáncer infantil y de la
adolescencia en el ámbito asistencial del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 120, de
21.6.2024).
Sevilla, 8 de abril de 2025.- La Directora General, Celia Fernández Delgado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319115
Noveno. Protocolo de presentación de casos por las Unidades de onco-hematología.
Todos los casos con sospecha o diagnóstico confirmado de neoplasia maligna serán
presentados y evaluados en su correspondiente Subcomité en cada una de las etapas
recogidas a continuación:
• Valoración Inicial:
◦ Debe ser realizada antes de los primeros 2-10 días del diagnóstico de sospecha.
◦ Para determinar la estrategia diagnóstica y de estadificación.
◦ Para definir la mejor opción terapéutica de acuerdo con un plan de seguimiento
personalizado en su centro de origen, siempre que sea posible, con garantías de calidad
o bien en uno de los Hospitales de Referencia.
◦ Siempre que sea posible se procurará la inclusión de los pacientes dentro de los
ensayos clínicos académicos promovidos desde SEHOP y ensayos fase I-II en los
centros donde el ensayo esté abierto.
• Se ofertará la opción para criopreservación si está indicada al diagnóstico.
◦ Todos los casos donde sea necesario un tratamiento posterior con trasplante o
terapia CART.
• Control evolutivo e incidencias.
◦ Coordinación del seguimiento de los pacientes.
• Evaluación de la correcta aplicación de los protocolos por parte de los Servicios
implicados.
• Ante sospecha de Recaida:
◦ Para establecer la estrategia diagnóstica y terapéutica a seguir y el Hospital donde
se llevará a cabo el tratamiento y seguimiento.
◦ Si está indicado por el tipo de tumor y está incluido en la cartera básica de
biomarcadores del SNS, se procurará el diagnóstico molecular para definir posibles
dianas terapéuticas.
◦ Siempre que sea posible se procurará la inclusión de los pacientes dentro de los
ensayos clínicos académicos promovidos desde SEHOP y ensayos fase I-II en los
centros donde el ensayo esté abierto.
◦ Todos los casos donde sea necesario un tratamiento posterior con trasplante o
terapia CART.