3. Otras disposiciones. . (2025/74-47)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía el auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Córdoba en relación con la Fundación Centro Tecnológico Andaluz del Diseño.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Lunes, 21 de abril de 2025
página 5558/3

Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Mercantil para el cierre de la hoja
registral de la concursada por liquidación de ésta en los términos del art. 485 DEL TRLC,
con mandamiento de la presente.
Las cantidades objeto de la rendición de cuentas que aún no hayan sido aplicadas al
concepto indicado en dicha rendición en espera de la presenta aprobación de la rendición,
no podrá ser objeto de ninguna acción ejecutiva posterior al dictado de este Auto al ser
cantidades que no pertenecen a la masa activa de la concursada desde que se aprueba
la aplicación de la misma, quedando la AC como mero depositario de las mismas y con
obligación de su aplicación a los conceptos aprobados y que se indican en la rendición.
No obstante para evitar problemas de embargos posteriores al cierre del presente
procedimiento, se aconseja a la AC que realice los pagos de inmediato y sin dilación o
bien que disponga de las cantidades en efectivo y realice los pagos oportunos.
Contra la presente resolución no cabe recurso.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite
su recibo o por los medios a que se refiere el TRLC y se dará a la misma la publicidad
prevista para la declaración del concurso.»
Segundo. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación Centro
Tecnológico Andaluz del Diseño, al Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Córdoba y a la
Administración Concursal «Gabinete Concursal y Forense SLP».
Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

00319158

Sevilla, 7 de abril de 2025.- El Director General, Esteban Rondón Mata.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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