5. Anuncios. . (2025/73-65)
Acuerdo de 19 de marzo de 2025, del Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, sobre ampliación de competencias del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo. (PP. 685/2025).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Miércoles, 16 de abril de 2025
página 4665/2
la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho
Público de la Diputación de Córdoba.
5. De conformidad con las normas internas de distribución de competencias de
la Diputación Provincial, las facultades delegadas serán ejercidas por el Instituto de
Cooperación con la Hacienda Local, organismo dependiente de la misma.
6. Para el ejercicio de las funciones delegadas por parte de la Administración
Provincial, se acuerda la correspondiente cesión de datos personales conforme a lo
previsto en la legislación vigente, debiendo contemplarse dicha cesión en el registro de
la actividad de tratamiento del Ayuntamiento. El I.C. Hacienda Local será responsable
de los tratamientos que pueda llevar a cabo sobre los datos personales cedidos para el
ejercicio de las funciones delegadas.
Segundo. Las relaciones entre los entes delegante y delegado, derivadas del ejercicio
de las competencias objeto de delegación, se regirán por las normas establecidas en
la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho
Público de la Diputación Provincial de Córdoba.
Tercero. Publicar la referida delegación de competencias en los Boletines Oficiales de
la Provincia y de la Junta de Andalucía, para general conocimiento.»
00318267
Córdoba, 19 de marzo de 2025.- El Presidente, Salvador Fuentes Lopera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Miércoles, 16 de abril de 2025
página 4665/2
la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho
Público de la Diputación de Córdoba.
5. De conformidad con las normas internas de distribución de competencias de
la Diputación Provincial, las facultades delegadas serán ejercidas por el Instituto de
Cooperación con la Hacienda Local, organismo dependiente de la misma.
6. Para el ejercicio de las funciones delegadas por parte de la Administración
Provincial, se acuerda la correspondiente cesión de datos personales conforme a lo
previsto en la legislación vigente, debiendo contemplarse dicha cesión en el registro de
la actividad de tratamiento del Ayuntamiento. El I.C. Hacienda Local será responsable
de los tratamientos que pueda llevar a cabo sobre los datos personales cedidos para el
ejercicio de las funciones delegadas.
Segundo. Las relaciones entre los entes delegante y delegado, derivadas del ejercicio
de las competencias objeto de delegación, se regirán por las normas establecidas en
la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho
Público de la Diputación Provincial de Córdoba.
Tercero. Publicar la referida delegación de competencias en los Boletines Oficiales de
la Provincia y de la Junta de Andalucía, para general conocimiento.»
00318267
Córdoba, 19 de marzo de 2025.- El Presidente, Salvador Fuentes Lopera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja