5. Anuncios. . (2025/73-65)
Acuerdo de 19 de marzo de 2025, del Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, sobre ampliación de competencias del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo. (PP. 685/2025).
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Miércoles, 16 de abril de 2025
página 4665/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
DIPUTACIONES
Acuerdo de 19 de marzo de 2025, del Pleno de la Excma. Diputación Provincial
de Córdoba, sobre ampliación de competencias del Ayuntamiento de PeñarroyaPueblonuevo. (PP. 685/2025).
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada
el día 19 de marzo de 2025, adoptó acuerdo sobre aceptación de la ampliación de
delegación de competencias sobre gestión recaudatoria del Ayuntamiento de PeñarroyaPueblonuevo en favor de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba:
10. Ampliación de la delegación de competencias sobre gestión recaudatoria por
parte del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo en favor de la Diputación Provincial de
Córdoba (GEX: 2025/10154). Asimismo, se conoce del expediente epigrafiado, instruido
en el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, en el que también consta, entre
otros documentos, informe de la Secretaria Delegada de dicho organismo autónomo
con nota de conformidad del Sr. Secretario General, así como propuesta suscrita por el
Sr. Gerente del citado organismo, del siguiente tenor:
«Adoptado acuerdo por el Pleno del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo, en
sesión ordinaria de fecha 25 de octubre de 2024, según certificación expedida por la
Secretaría, sobre ampliación de la delegación de competencias recaudatorias en favor de
la Diputación Provincial.
Primero. Aceptar la ampliación de la delegación de competencias acordada por el
Pleno del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo, respecto a todas las facultades que
en materia de recaudación le confiere la legislación vigente al Ayuntamiento, referidas a
las autoliquidaciones y liquidaciones directas, sobre los tributos y otros ingresos públicos
de titularidad municipal, con el siguiente alcance y contenido:
1. La delegación surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. La delegación tendrá una vigencia indefinida hasta su revocación por el
Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo o la renuncia por parte de la Diputación
Provincial de Córdoba.
3. La delegación de las facultades recaudatorias comprenderá, entre otras, las
siguientes funciones: determinar los plazos de cobro en período voluntario; practicar la
notificación de liquidaciones; emisión de documentos de cobro; gestión y contabilización
de ingresos; expedir las relaciones certificadas de deudores; dictar la providencia de
apremio y ejecución de bienes; resolución de expedientes de devolución de ingresos
indebidos; liquidar intereses de demora; acordar el aplazamiento y fraccionamiento de
las deudas; tramitación y resolución de los expedientes de crédito incobrables; resolución
de los recursos que se interpongan contra los actos de recaudación; así como las
actuaciones necesarias para la asistencia e información a los obligados al pago.
4. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos,
trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318267
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales, se propone al Pleno de la Corporación, previos los trámites que se
consideren oportunos, la adopción del siguiente acuerdo:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Miércoles, 16 de abril de 2025
página 4665/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
DIPUTACIONES
Acuerdo de 19 de marzo de 2025, del Pleno de la Excma. Diputación Provincial
de Córdoba, sobre ampliación de competencias del Ayuntamiento de PeñarroyaPueblonuevo. (PP. 685/2025).
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada
el día 19 de marzo de 2025, adoptó acuerdo sobre aceptación de la ampliación de
delegación de competencias sobre gestión recaudatoria del Ayuntamiento de PeñarroyaPueblonuevo en favor de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba:
10. Ampliación de la delegación de competencias sobre gestión recaudatoria por
parte del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo en favor de la Diputación Provincial de
Córdoba (GEX: 2025/10154). Asimismo, se conoce del expediente epigrafiado, instruido
en el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local, en el que también consta, entre
otros documentos, informe de la Secretaria Delegada de dicho organismo autónomo
con nota de conformidad del Sr. Secretario General, así como propuesta suscrita por el
Sr. Gerente del citado organismo, del siguiente tenor:
«Adoptado acuerdo por el Pleno del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo, en
sesión ordinaria de fecha 25 de octubre de 2024, según certificación expedida por la
Secretaría, sobre ampliación de la delegación de competencias recaudatorias en favor de
la Diputación Provincial.
Primero. Aceptar la ampliación de la delegación de competencias acordada por el
Pleno del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo, respecto a todas las facultades que
en materia de recaudación le confiere la legislación vigente al Ayuntamiento, referidas a
las autoliquidaciones y liquidaciones directas, sobre los tributos y otros ingresos públicos
de titularidad municipal, con el siguiente alcance y contenido:
1. La delegación surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. La delegación tendrá una vigencia indefinida hasta su revocación por el
Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo o la renuncia por parte de la Diputación
Provincial de Córdoba.
3. La delegación de las facultades recaudatorias comprenderá, entre otras, las
siguientes funciones: determinar los plazos de cobro en período voluntario; practicar la
notificación de liquidaciones; emisión de documentos de cobro; gestión y contabilización
de ingresos; expedir las relaciones certificadas de deudores; dictar la providencia de
apremio y ejecución de bienes; resolución de expedientes de devolución de ingresos
indebidos; liquidar intereses de demora; acordar el aplazamiento y fraccionamiento de
las deudas; tramitación y resolución de los expedientes de crédito incobrables; resolución
de los recursos que se interpongan contra los actos de recaudación; así como las
actuaciones necesarias para la asistencia e información a los obligados al pago.
4. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos,
trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318267
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales, se propone al Pleno de la Corporación, previos los trámites que se
consideren oportunos, la adopción del siguiente acuerdo: