Autoridades y personal. . (2025/71-29)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público para la contratación de personal investigador predoctoral de apoyo al Programa de Atracción y Retención de Talento de la Universidad de Cádiz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Lunes, 14 de abril de 2025
página 5266/8
Contra el acuerdo definitivo de adjudicación, que no pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En el caso de resultar plazas desiertas, el investigador responsable del proyecto
correspondiente, en un plazo máximo de 3 meses, desde la publicación del acuerdo
definitivo de adjudicación de los contratos, podrá solicitar motivadamente a la Comisión
de Investigación, ofertar de nuevo la plaza que ha quedado desierta. A la vista de
la motivación del investigador responsable, la Comisión de Investigación, podrá
excepcionalmente y por una sola vez ofertar de nuevo la plaza en la próxima convocatoria
anual de la FPI-UCA-TALENT del Plan Propio de estímulo y apoyo a la Investigación y
Transferencia.
Tras la publicación del acuerdo definitivo de adjudicación, el personal candidato
seleccionado, a petición del Servicio de Gestión de la Investigación del Área de
Investigación y Transferencia, deberá remitir en el plazo de 5 días hábiles aceptación
expresa al contrato concedido, con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por
decaído de su solicitud al contrato, previa resolución.
9. Incorporación al puesto de trabajo.
La incorporación del investigador predoctoral seleccionado al departamento de
adscripción, de común acuerdo con el mismo, deberá producirse a partir del día siguiente
a la publicación del acuerdo definitivo de adjudicación de los contratos en la página web
del Plan Propio de Investigación y Transferencia y siempre antes del 15 de diciembre
de 2025 inclusive, habiéndose producido previamente la incorporación del investigador
responsable del proyecto al que está asociado el contrato del predoctoral seleccionado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318867
8. Renuncias e incorporación de reservas.
Tanto el incumplimiento de los requisitos necesarios para la contratación por parte de
las personas seleccionadas como las renuncias que puedan producirse por las mismas
durante el primer año de vigencia de los contratos podrán dar lugar a la incorporación de
personas en reserva, respetando en todo momento lo establecido tanto en la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de
5 de septiembre, y en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, modificado por Real
Decreto 1251/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Personal
Investigador Predoctoral en Formación.
La incorporación de reservas, siempre a petición de los responsables del proyecto,
deberá realizarse en un periodo que no podrá ser superior a 3 meses entre la extinción o
desistimiento del contrato y la incorporación de una nueva persona y, de acuerdo con el
siguiente procedimiento:
a) Se comunicará la incorporación al candidato de reserva situado en primer lugar de
la lista de reservas del proyecto en cuestión.
b) Si la vacante no puede ser cubierta por la primera reserva, se comunicará la
incorporación al siguiente o siguientes reservas en la adjudicación, caso de que existan,
respetando el orden de prelación de los mismos.
c) En caso de no haber reservas, y a petición motivada de los responsables del
proyecto, la Comisión de Investigación, vista la motivación del investigador responsable,
podrá excepcionalmente y por una sola vez, ofertar de nuevo la plaza, cumpliendo lo
establecido en el primer párrafo.
Independientemente de que se puedan beneficiar del contrato asociado a un proyecto
diferentes personas, la duración máxima total del contrato asociado al proyecto será, en
todo caso, el establecido para el proyecto en el Anexo I.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Lunes, 14 de abril de 2025
página 5266/8
Contra el acuerdo definitivo de adjudicación, que no pone fin a la vía administrativa,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En el caso de resultar plazas desiertas, el investigador responsable del proyecto
correspondiente, en un plazo máximo de 3 meses, desde la publicación del acuerdo
definitivo de adjudicación de los contratos, podrá solicitar motivadamente a la Comisión
de Investigación, ofertar de nuevo la plaza que ha quedado desierta. A la vista de
la motivación del investigador responsable, la Comisión de Investigación, podrá
excepcionalmente y por una sola vez ofertar de nuevo la plaza en la próxima convocatoria
anual de la FPI-UCA-TALENT del Plan Propio de estímulo y apoyo a la Investigación y
Transferencia.
Tras la publicación del acuerdo definitivo de adjudicación, el personal candidato
seleccionado, a petición del Servicio de Gestión de la Investigación del Área de
Investigación y Transferencia, deberá remitir en el plazo de 5 días hábiles aceptación
expresa al contrato concedido, con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por
decaído de su solicitud al contrato, previa resolución.
9. Incorporación al puesto de trabajo.
La incorporación del investigador predoctoral seleccionado al departamento de
adscripción, de común acuerdo con el mismo, deberá producirse a partir del día siguiente
a la publicación del acuerdo definitivo de adjudicación de los contratos en la página web
del Plan Propio de Investigación y Transferencia y siempre antes del 15 de diciembre
de 2025 inclusive, habiéndose producido previamente la incorporación del investigador
responsable del proyecto al que está asociado el contrato del predoctoral seleccionado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318867
8. Renuncias e incorporación de reservas.
Tanto el incumplimiento de los requisitos necesarios para la contratación por parte de
las personas seleccionadas como las renuncias que puedan producirse por las mismas
durante el primer año de vigencia de los contratos podrán dar lugar a la incorporación de
personas en reserva, respetando en todo momento lo establecido tanto en la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de
5 de septiembre, y en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, modificado por Real
Decreto 1251/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Personal
Investigador Predoctoral en Formación.
La incorporación de reservas, siempre a petición de los responsables del proyecto,
deberá realizarse en un periodo que no podrá ser superior a 3 meses entre la extinción o
desistimiento del contrato y la incorporación de una nueva persona y, de acuerdo con el
siguiente procedimiento:
a) Se comunicará la incorporación al candidato de reserva situado en primer lugar de
la lista de reservas del proyecto en cuestión.
b) Si la vacante no puede ser cubierta por la primera reserva, se comunicará la
incorporación al siguiente o siguientes reservas en la adjudicación, caso de que existan,
respetando el orden de prelación de los mismos.
c) En caso de no haber reservas, y a petición motivada de los responsables del
proyecto, la Comisión de Investigación, vista la motivación del investigador responsable,
podrá excepcionalmente y por una sola vez, ofertar de nuevo la plaza, cumpliendo lo
establecido en el primer párrafo.
Independientemente de que se puedan beneficiar del contrato asociado a un proyecto
diferentes personas, la duración máxima total del contrato asociado al proyecto será, en
todo caso, el establecido para el proyecto en el Anexo I.