Disposiciones generales. . (2025/68-9)
Resolución rectoral de 3 de abril de 2025, de la Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Doctorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan ayudas para mejorar la calidad y el impacto científico de las tesis destinadas a doctorandos y doctorandas de la Escuela de Doctorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 5014/3

2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales a partir
del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía (BOJA).
3. Las solicitudes que no aporten la documentación requerida en el formulario serán
desestimadas. Adicionalmente, en cualquier momento del proceso, se podrá requerir a la
persona solicitante el envío de cualquier documentación e información aclaratoria.
4. Documentación a aportar:
- Justificación de inscripción en la plataforma Becas Santander
(http://app.santanderopenacademy.com/program/ayudas-para-mejorar-la-internacionalizaciony-la-calidad-tesis-doctorales-2024)
- Certificación académica oficial de Grado y Máster Universitario, según el Real
Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de
créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial
y validez en todo el territorio nacional, en original o fotocopia cotejada, en la que figuren,
de forma detallada, las calificaciones, con indicación de la nota media, obtenidas. En el
caso de titulaciones obtenidas en la UPO, no será obligatorio presentar esta certificación.
- En el caso de estancias (Modalidad A), carta de invitación de la universidad o centro
de investigación de destino con la indicación de los doctores encargados de la recepción
del doctorando y las fechas de desarrollo de la estancia.
6. Claúsula de protección de datos.
De conformidad con lo establecido por la normativa vigente en materia de protección
de datos personales, los facilitados por quienes concurran a la presente convocatoria
serán tratados por la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, e incorporados en el
sistema de tratamiento «Becas y Ayudas», con la finalidad de gestionar integralmente la
ayuda objeto de la convocatoria (proceso de detección de las necesidades a satisfacer,
tramitación de las becas y ayudas, resolución de recursos y reclamaciones, gestión de
reintegros), finalidad basada en que el tratamiento es necesario para el cumplimiento de
una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a
la Universidad, como responsable del mismo (art. 6.1.e) del RGPD) y en el cumplimiento
de obligaciones legales aplicables a la Universidad (art. 6.1.c) del RGPD).
Los datos podrán ser comunicados a la Administración, estatal o de la Junta de
Andalucía, a entidades financieras, así como a entidades financiadoras de las becas
o ayudas, en su caso. Las personas interesadas podrán ejercitar sus derechos de
acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y oposición a su
tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento
automatizado de tus datos, cuando procedan.
A estos efectos, disponen de más información sobre el ejercicio de estos y otros
derechos, en relación con sus datos personales, en la siguiente dirección:
https://www.upo.es/proteccion-de-datos/

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación,
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Sevilla, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que
potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318616

7. Aceptación de las bases.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente
convocatoria y de los requisitos y condiciones establecidas en la misma.
El incumplimiento de las bases de esta convocatoria podría significar la suspensión de
la ayuda, sin perjuicio de las consecuencias académicas que de cualquier falta cometida
pudieran derivarse conforme a la normativa vigente.