3. Otras disposiciones. . (2025/68-58)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 24 de marzo de 2025, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión para el curso 2025-2026 en los estudios universitarios de grado.
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Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
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1. Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad prevista en el artículo 38
de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y regulada en el Capítulo III del Real Decreto
534/2024, de 11 de junio, o su equivalente en regulaciones anteriores, según el siguiente
cálculo:
Nota Admisión = Nota de acceso a la universidad +a*CM1+b*CM2, donde:
a) a y b son parámetros de ponderación establecidos por la Comisión del Distrito
Único Universitario de Andalucía según la afinidad de las materias de Bachillerato con los
Grados que solicita.
b) CM1 y CM2 serán las calificaciones de hasta dos materias con calificación de 5 o
más puntos que fueron superadas en las pruebas de acceso o de admisión que al efecto
realizan las universidades públicas españolas conforme al artículo 22 del Real Decreto
534/2024, de 11 de junio, o su equivalente en normas anteriores o que la sustituyan.
Estas calificaciones serán tenidas en cuenta cuando se hayan superado en la misma
convocatoria en la que se participa o desde el curso 2022/2023, siempre que se reúnan
en la misma convocatoria o anterior los requisitos de acceso a la universidad.
2. Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU) con anterioridad
al curso académico 1974/75, el Curso Preuniversitario y las Pruebas de Madurez, o el
Bachillerato de planes anteriores a 1953:
Nota Admisión = Nota de acceso a la universidad +a*CM1+b*CM2, donde:
a) a y b son parámetros de ponderación establecido por la Comisión del Distrito
Único Universitario de Andalucía según la afinidad de las materias de Bachillerato con los
Grados que solicita.
b) CM1 y CM2 serán las calificaciones de hasta dos materias con calificación de 5 o
más puntos que fueron superadas en las pruebas de acceso o de admisión que al efecto
realizan las universidades públicas españolas conforme al artículo 22 del Real Decreto
534/2024, de 11 de junio, o su equivalente en normas anteriores. Estas calificaciones
serán tenidas en cuenta cuando se hayan superado en la misma convocatoria en la que
se participa o desde el curso 2022/2023, siempre que se reúnan en la misma convocatoria
o anterior los requisitos de acceso a la universidad.
3. Estar en posesión del título de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico
Superior de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo Superior, conforme a la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o título equivalente según el siguiente
criterio:
a) En primer lugar, se atenderán, junto con quienes cumplen los requisitos de acceso
1, 2 y 8 contemplados en el artículo 2 de este acuerdo, las solicitudes de quienes aporten
un título relacionado con la rama del conocimiento en el que se incardine los estudios de
Grado solicitados, en aplicación del Acuerdo de 22 de marzo de 2017, de la Comisión del
Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se determina la consideración de
la familia profesional como uno de los criterios de admisión de quienes participen en el
procedimiento de admisión a los grados universitarios de las universidades públicas de
Andalucía para el curso 2019/2020 y siguientes, con el título oficial de Técnico Superior
de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico
Deportivo Superior del Sistema Educativo (BOJA de 2 de mayo de 2017).
b) Inmediatamente después se atenderán a quienes aporten un título no relacionado
con la rama del conocimiento en el que se incardinen los estudios de Grado solicitados.
c) Posteriormente el alumnado agrupado dentro de cada uno de los dos epígrafes
anteriores será atendido, en cada grupo, por la nota de admisión:
Nota Admisión= Nota media del Título de Técnico +a*CM1+b*CM2, donde:
- a y b son parámetros de ponderación establecidos por la Comisión del Distrito
Único Universitario de Andalucía según la afinidad de las materias de Bachillerato con los
Grados que solicita.
- CM1 y CM2 serán las calificaciones de hasta dos materias con calificación de 5 o
más puntos que fueron superadas en las pruebas de acceso o de admisión que al efecto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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