Disposiciones generales. . (2025/68-5)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se adapta la Resolución de 9 de julio de 2024, al Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, en materia de procedimiento para la aprobación de proyectos de programas operativos y de dotación de fondo operativo de las organizaciones o asociaciones de productores de frutas y hortalizas y otros procedimientos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 4998/10
(Página 3 de 8)
4. DOCUMENTACIÓN
DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA O SUS AGENCIAS
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de sus Agencias, e indico a
continuación la información necesaria para que puedan ser recabados.
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
Documento
Consejería/Agencia y Órgano
Fecha de emisión
o presentación
Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó (*)
(*) Han de tratarse de documentos correspondientes a procedimientos que hayan finalizado en los últimos cinco años.
DOCUMENTOS EN PODER DE OTRAS ADMINISTRACIONES (artículo 28 de la Ley 39/2015)
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de las Administraciones Públicas, e indico a continuación la información
necesaria para que puedan ser recabados.
Documento
Administración Pública y Órgano
Fecha de emisión
o presentación
Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó
5. DECLARACIÓN Y SOLICITUD
DECLARA
Primero.- Que la Organización de Productores que represento no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.
Segundo.- Conocer y someterse a las obligaciones indicadas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.- Que las inversiones solicitadas son coherentes con los objetivos perseguidos por el programa operativo y la evaluación ex ante realizada por la
organización de productores para diseñar su programa operativo, y están motivadas.
Cuarto.- Que se responsabiliza de la veracidad de los documentos y datos aportados.
Quinto.- Poner a disposición de los servicios competentes para la gestión y el control cuantos elementos puedan servir para la comprobación de lo
declarado, así como cualquier otro justificante que se relacione con tales obligaciones.
SE COMPROMETE a que la Organización de Productores que representa:
Primero.- Cumplirá las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la
Comisión, Real Decreto 857/2022 y demás normativa comunitaria y nacional aplicable a los programas operativos de las organizaciones de productores
de frutas y hortalizas.
Segundo.- No se acogerá, directa ni indirectamente a una doble financiación, comunitaria o nacional, por intervenciones o acciones incluidas en el
Programa Operativo, salvo la excepción prevista en el artículo 12.4 del Real Decreto 857/2022 en las condiciones establecidas en el mismo.
Tercero.- Colaborará para la realización de los controles, tanto administrativos como sobre el terreno, que cualquier autoridad competente considere
necesarios para verificar que se cumplen las condiciones reglamentarias para la aprobación de la presente solicitud.
005918
AUTORIZA:
A la Consejería competente en la materia a recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería
General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Andalucía, que sean requeridas por la Resolución
de Convocatoria de presentación de “Solicitudes de aprobación de proyectos de programas operativos y de dotación de fondo operativo y de sus
modificaciones durante la anualidad en curso”, de acuerdo con el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
SOLICITA:
Sea admitida la documentación justificativa que acompaña a la presente Solicitud.
¨ La aprobación del Proyecto de Programa Operativo para el periodo _____ / ______
¨ La Dotación de Fondo Operativo para la anualidad
recogidos en la presente solicitud.
por los importes de fondo operativo y de ayuda financiera de la Unión
ILMO/A. SR/A. DIRECTOR/A GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS
A 0 1 0 2 5 8 0 7
00318600
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 4998/10
(Página 3 de 8)
4. DOCUMENTACIÓN
DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA O SUS AGENCIAS
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de sus Agencias, e indico a
continuación la información necesaria para que puedan ser recabados.
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
Documento
Consejería/Agencia y Órgano
Fecha de emisión
o presentación
Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó (*)
(*) Han de tratarse de documentos correspondientes a procedimientos que hayan finalizado en los últimos cinco años.
DOCUMENTOS EN PODER DE OTRAS ADMINISTRACIONES (artículo 28 de la Ley 39/2015)
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de las Administraciones Públicas, e indico a continuación la información
necesaria para que puedan ser recabados.
Documento
Administración Pública y Órgano
Fecha de emisión
o presentación
Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó
5. DECLARACIÓN Y SOLICITUD
DECLARA
Primero.- Que la Organización de Productores que represento no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones.
Segundo.- Conocer y someterse a las obligaciones indicadas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Tercero.- Que las inversiones solicitadas son coherentes con los objetivos perseguidos por el programa operativo y la evaluación ex ante realizada por la
organización de productores para diseñar su programa operativo, y están motivadas.
Cuarto.- Que se responsabiliza de la veracidad de los documentos y datos aportados.
Quinto.- Poner a disposición de los servicios competentes para la gestión y el control cuantos elementos puedan servir para la comprobación de lo
declarado, así como cualquier otro justificante que se relacione con tales obligaciones.
SE COMPROMETE a que la Organización de Productores que representa:
Primero.- Cumplirá las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la
Comisión, Real Decreto 857/2022 y demás normativa comunitaria y nacional aplicable a los programas operativos de las organizaciones de productores
de frutas y hortalizas.
Segundo.- No se acogerá, directa ni indirectamente a una doble financiación, comunitaria o nacional, por intervenciones o acciones incluidas en el
Programa Operativo, salvo la excepción prevista en el artículo 12.4 del Real Decreto 857/2022 en las condiciones establecidas en el mismo.
Tercero.- Colaborará para la realización de los controles, tanto administrativos como sobre el terreno, que cualquier autoridad competente considere
necesarios para verificar que se cumplen las condiciones reglamentarias para la aprobación de la presente solicitud.
005918
AUTORIZA:
A la Consejería competente en la materia a recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería
General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Andalucía, que sean requeridas por la Resolución
de Convocatoria de presentación de “Solicitudes de aprobación de proyectos de programas operativos y de dotación de fondo operativo y de sus
modificaciones durante la anualidad en curso”, de acuerdo con el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
SOLICITA:
Sea admitida la documentación justificativa que acompaña a la presente Solicitud.
¨ La aprobación del Proyecto de Programa Operativo para el periodo _____ / ______
¨ La Dotación de Fondo Operativo para la anualidad
recogidos en la presente solicitud.
por los importes de fondo operativo y de ayuda financiera de la Unión
ILMO/A. SR/A. DIRECTOR/A GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS
A 0 1 0 2 5 8 0 7
00318600
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja