Disposiciones generales. . (2025/68-4)
Orden de 4 de abril de 2025, de modificación de la Orden de 24 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a organizaciones y entidades representativas de los sectores agrario, pesquero y de desarrollo rural en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 5053/2
de 9 de agosto, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y de cara a una mayor delimitación de los gastos
subvencionables y otros conceptos relacionados con la tramitación de dichas ayudas
para favorecer su agilización.
Aprobado el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, se hace nuevamente
necesario adecuar la referida orden al nuevo reparto competencial establecido, para
que la atribución de la instrucción y resolución por delegación de los procedimientos
de concesión de las subvenciones a las organizaciones y entidades representativas
del sector pesquero andaluz recaiga en la Dirección General de Pesca, Acuicultura y
Economía Azul.
Asimismo, se hace necesario modificar determinadas cuestiones relativas a la
tramitación del procedimiento de concesión de las ayudas, como adaptaciones de carácter
técnico para facilitar a las organizaciones y entidades representativas del sector agrario,
pesquero y de desarrollo rural, el desempeño de sus actividades para la articulación y
vertebración del sector agrario y pesquero en Andalucía, considerando necesario ampliar
dentro del sector pesquero las posibles entidades beneficiarias para poder conseguir con
mayor facilidad el objeto y la finalidad de interés público de esta línea de subvenciones,
ya que se ha corroborado la dificultad de acceso a las mismas por parte de las entidades
representativas de la industria transformadora andaluza de la pesca y acuicultura en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En la elaboración de esta orden se han tenido en cuenta y se ha adecuado a los
principios de necesidad, eficacia, atendiendo a razones de interés general de las
entidades beneficiarias, proporcionalidad, seguridad jurídica, de manera coherente
con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, facilitando su
conocimiento y comprensión, transparencia, posibilitando el acceso sencillo, universal y
actualizado a la normativa en vigor con una participación activa de los destinatarios en
la elaboración de la norma y eficiencia, evitando cargas administrativas, racionalizando
la gestión de los recursos públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 118
del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el artículo 44.2 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Se introducen las siguientes modificaciones en el cuadro resumen de la
línea de subvenciones a organizaciones y entidades representativas del sector agrario y
de desarrollo rural:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318655
Artículo Único. Modificación de la Orden de 24 de febrero de 2022, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva a organizaciones y entidades representativas de los sectores
agrario, pesquero y de desarrollo rural en Andalucía.
La Orden de 24 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a
organizaciones y entidades representativas de los sectores agrario, pesquero y de
desarrollo rural en Andalucía queda redactada como sigue:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 5053/2
de 9 de agosto, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y de cara a una mayor delimitación de los gastos
subvencionables y otros conceptos relacionados con la tramitación de dichas ayudas
para favorecer su agilización.
Aprobado el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, se hace nuevamente
necesario adecuar la referida orden al nuevo reparto competencial establecido, para
que la atribución de la instrucción y resolución por delegación de los procedimientos
de concesión de las subvenciones a las organizaciones y entidades representativas
del sector pesquero andaluz recaiga en la Dirección General de Pesca, Acuicultura y
Economía Azul.
Asimismo, se hace necesario modificar determinadas cuestiones relativas a la
tramitación del procedimiento de concesión de las ayudas, como adaptaciones de carácter
técnico para facilitar a las organizaciones y entidades representativas del sector agrario,
pesquero y de desarrollo rural, el desempeño de sus actividades para la articulación y
vertebración del sector agrario y pesquero en Andalucía, considerando necesario ampliar
dentro del sector pesquero las posibles entidades beneficiarias para poder conseguir con
mayor facilidad el objeto y la finalidad de interés público de esta línea de subvenciones,
ya que se ha corroborado la dificultad de acceso a las mismas por parte de las entidades
representativas de la industria transformadora andaluza de la pesca y acuicultura en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En la elaboración de esta orden se han tenido en cuenta y se ha adecuado a los
principios de necesidad, eficacia, atendiendo a razones de interés general de las
entidades beneficiarias, proporcionalidad, seguridad jurídica, de manera coherente
con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, facilitando su
conocimiento y comprensión, transparencia, posibilitando el acceso sencillo, universal y
actualizado a la normativa en vigor con una participación activa de los destinatarios en
la elaboración de la norma y eficiencia, evitando cargas administrativas, racionalizando
la gestión de los recursos públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 118
del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y el artículo 44.2 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Se introducen las siguientes modificaciones en el cuadro resumen de la
línea de subvenciones a organizaciones y entidades representativas del sector agrario y
de desarrollo rural:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318655
Artículo Único. Modificación de la Orden de 24 de febrero de 2022, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva a organizaciones y entidades representativas de los sectores
agrario, pesquero y de desarrollo rural en Andalucía.
La Orden de 24 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a
organizaciones y entidades representativas de los sectores agrario, pesquero y de
desarrollo rural en Andalucía queda redactada como sigue: