3. Otras disposiciones. . (2025/68-63)
Orden de 2 de abril de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea delimitadora entre los términos municipales de Ronda y de Yunquera, ambos en la provincia de Málaga, y se establecen sus datos identificativos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 5007/3

Asimismo, los artículos 3.1 y 10.3 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, regulan
la intervención de dicho Instituto en los procedimientos de replanteo de los términos
municipales, mediante la emisión del informe de replanteo.
Tercero. En el artículo 2.2.b) del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, se prevé que una
línea límite intermunicipal ostenta el carácter de definitiva cuando consta su determinación
por conformidad entre los comisionados de los Ayuntamientos afectados, o por acto
administrativo o resolución judicial. Remitiéndonos a lo expuesto en el hecho segundo, se
alcanzó la conformidad entre los comisionados en el PA1 y en el tramo PA1-PA2, y por otra
parte, en cumplimiento de un acto administrativo se determinó el PA2, el tramo PA2-PA3 y
el punto de amojonamiento PA3.
En relación con dicho precepto, el artículo 10.1 de la misma norma dispone, para
aquellas líneas divisorias entre municipios que ya hubieran quedado fijadas en el pasado,
que en el supuesto de que la delimitación «no se hubiera determinado con las coordenadas
geográficas conforme al sistema de representación y georreferenciación previsto en el
apartado 2 del artículo 4 del presente decreto, se efectuarán las actuaciones de replanteo
que sean necesarias para el establecimiento de los datos identificativos de las líneas
delimitadoras de los términos municipales, al objeto de proyectar sobre la realidad física
las acordadas en su día».
Por ello, partiendo de la consideración de que, según dispone el artículo 2.2.k) del
Decreto 157/2016, de 4 de octubre, el acta en el que se recogen todas las actuaciones
llevadas a cabo para la definición de una línea límite por acuerdo de los municipios
afectados constituye un título acreditativo de la delimitación intermunicipal, mediante la
presente orden se aprueba la proyección sobre la realidad física de la línea definitiva
divisoria de los municipios de Ronda y de Yunquera, partiendo de la descripción contenida
en las Actas de fecha 14 de julio de 1876 y 10 de diciembre de 1958, con pleno respeto
de las mismas, conforme al Sistema Geodésico de Referencia ETRS89, expresando sus
coordenadas en grados sexagesimales con precisión mínima de cinco decimales y en
proyección UTM huso 30 para la representación cartográfica.
En virtud de los hechos y fundamentos de derecho que anteceden, y de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 10.4 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, en relación con
los artículos 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como con las demás normas administrativas, concordantes
y de general aplicación, en uso de las facultades que me han sido conferidas,

Primero. Aprobar el replanteo de la línea límite entre los términos municipales
de Ronda y de Yunquera, ambos en la provincia de Málaga, estableciendo sus datos
identificativos y coordenadas conforme al Sistema Geodésico de Referencia actualmente
vigente, los cuales figuran en el anexo a la presente orden.
Dichos datos se encuentran accesibles en el visor de la Base de Datos de Límites
Municipales de Andalucía, en el sitio web del Instituto de Estadística y Cartografía de
Andalucía de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, mediante el
siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/institutodeestadisticaycartografia/dega/delimitacionesterritoriales/visor
Segundo. Esta orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
surtiendo efectos desde la fecha de su publicación, y se dará traslado de la misma a los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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RESU ELVO