Disposiciones generales. . (2025/68-6)
Extracto de la Orden de 27 de marzo de 2025, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas previstas en la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la ejecución, a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, de programas sanitarios que no cuentan con financiación comunitaria en régimen de concurrencia competitiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 4976/2

2. Los conceptos e importes máximos subvencionables son los siguientes:
PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA BRUCELOSIS BOVINA
Personal veterinario autorizado de la ADSG y material necesario para la realización de la toma de muestra, hasta un máximo de
2,00 euros por prueba realizada y grabada en SIGGAN de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional.
PROGRAMA DE ERRADICACIÓN DE LA TUBERCULOSIS BOVINA
Personal veterinario autorizado de la ADSG y material necesario para la realización de la prueba de intradermotuberculinización,
hasta un máximo de 3,50 euros por prueba realizada y grabada en SIGGAN de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la realización de la toma de muestras de gamma-interferón, hasta un máximo
de 4,00 euros por toma de muestra realizada y grabada en SIGGAN de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional y
Autonómico de Erradicación de la Tuberculosis Bovina.
PROGRAMA SANITARIO DE PREVENCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA RINOTRAQUEÍTIS INFECCIOSA BOVINA
(IBR)
Adquisición de vacunas marcadas frente a IBR, hasta un máximo de 1,20 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN,
con un máximo de 2 dosis al año por animal.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la aplicación de las vacunas frente a IBR, hasta un máximo de 0,30 euros por
dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN, con un máximo de 2 dosis al año por animal.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la realización de la toma de muestras para la detección de anticuerpos, hasta un
máximo de 1,00 euros por toma de muestra realizada y grabada en SIGGAN.
PROGRAMA DE VIGILANCIA, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA FIEBRE CATARRAL OVINA O LENGUA AZUL
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la aplicación de las vacunas frente a los serotipos 1 y 4 de la Lengua Azul, hasta
un máximo de 0,20 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada eb SIGGAN en ovino y un máximo de 0,30 euros por dosis de
vacuna aplicada y grabada en SIGGAN en bovino, siendo el máximo de dosis subvencionables las establecidas como vacunaciones
obligatorias en la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la aplicación de las vacunas frente al serotipo 3 de la Lengua Azul, hasta un
máximo de 0,40 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN, siendo el máximo de dosis subvencionables las
establecidas como vacunaciones obligatorias en la Orden APA/1043/2024, de 30 de septiembre, por la que se establecen medidas
específicas de protección y control frente al serotipo 3 del virus de la lengua azul en España.
PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA BRUCELOSIS OVINA-CAPRINA
Personal veterinario autorizado de la ADSG y material necesario para la realización de la toma de muestra, hasta un máximo de
1,00 euros por prueba realizada y grabada en SIGGAN de acuerdo a lo establecido en el Programa Nacional.
PROGRAMA DE CALIFICACIÓN DE TUBERCULOSIS CAPRINA
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la realización de las prueba de intradermotuberculinización en explotaciones
que formen parte del programa voluntario de calificación de Tuberculosis caprina en Andalucía establecido en la Orden de 22 de
junio de 2018, así como las realizadas en explotaciones caprinas que entren en el ámbito de aplicación del Programa Nacional de
Erradicación de Tuberculosis Bovina, hasta un máximo de 1,75 euros por prueba realizada de acuerdo a lo establecido en la citada
Orden y el Programa Nacional, en su caso.
PROGRAMA SANITARIO FRENTE A LA ENFERMEDAD DE AUJESZKY
Adquisición de vacunas frente a la enfermedad de Aujeszky, hasta un máximo de 0,08 euros por vacuna aplicada aplicadas y
grabada en SIGGAN, siendo el máximo de dosis las establecidas como vacunaciones obligatorias en el Real Decreto 360/2009, de
23 de marzo.
Personal veterinario autorizado de la ADSG para la aplicación de las vacunas frente a la enfermedad de Aujeszky, hasta un máximo
de 0,20 euros por dosis de vacuna aplicada y grabada en SIGGAN, siendo el máximo de dosis las establecidas como vacunaciones
obligatorias en el Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo.

PROGRAMA SANITARIO EN EXPLOTACIONES ACUÍCOLAS
Personal veterinario autorizado de la ADSG que participe directamente en la realización de los controles sanitarios realizados en
el marco de las visitas anuales obligatorias para la Implantación del Sistema de Vigilancia Zoosanitaria, en especies sensibles a
las enfermedades enumeradas en el Anexo IV del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, hasta un máximo de 150,00 euros por
visita.
Gastos de las analíticas necesarias para la obtención y el mantenimiento de la calificación sanitaria de las explotaciones de
categoría I, establecidas en el Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, hasta un máximo de 325,00 euros por prueba.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318577

PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE SEROTIPOS DE SALMONELLA DE IMPORTANCIA PARA LA SALUD PÚBLICA
EN EXPLOTACIONES AVÍCOLAS
Analíticas para la realización de los autocontroles obligatorios frente a Salmonella en explotaciones de gallinas reproductoras,
ponedoras de huevos para consumo, broilers, pavos de producción de carne y reproductores, establecidos en los Programas
Nacionales y Autonómicos vigentes, hasta un máximo de 18,00 euros por analítica.
Analíticas de tipificación de salmonella spp detectada como consecuencia de los autocontroles obligatorios, hasta un máximo de
25,00 euros por analítica.