Disposiciones generales. . (2025/68-6)
Extracto de la Orden de 27 de marzo de 2025, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas previstas en la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la ejecución, a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, de programas sanitarios que no cuentan con financiación comunitaria en régimen de concurrencia competitiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 4976/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Orden de 27 de marzo de 2025, por la que se convocan para el
año 2025 las ayudas previstas en la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a
la ejecución, a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, de
programas sanitarios que no cuentan con financiación comunitaria en régimen
de concurrencia competitiva.
BDNS (Identif.): 823494.
De conformidad con lo previsto en la letra b) del apartado 3 del artículo 17 y la letra a)
del apartado 8 del artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede
consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2025, en la modalidad de concesión en régimen de
concurrencia competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima
que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Línea

Cuantía máxima
(euros)

Partida presupuestaria

Ayudas dirigidas a la ejecución de programas sanitarios en
Andalucía a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria
Ganadera.

6.875.000,00

1200010000G/71B/78204/0001 2007000656

Segundo. Personas beneficiarias.
Serán personas beneficiarias las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (en
adelante ADSG) que estén oficialmente reconocidas e inscritas en el Registro Único de
Ganadería de Andalucía, así como en el Registro Nacional de ADSG.

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 18 de diciembre de 2023, por
la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la
ejecución, a través de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera, de programas
sanitarios que no cuentan con financiación comunitaria en régimen de concurrencia
competitiva (BOJA núm. 248, de 29 de diciembre de 2023).
Quinto. Importe.
1. La dotación presupuestaria de la línea de subvención es la establecida en el
apartado primero del presente extracto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318577

Tercero. Objeto.
Compensar los costes de las actuaciones de prevención, control y erradicación de
las enfermedades de los animales ejecutadas por las ADSG e incluidas en la normativa,
programas nacionales y autonómicos, y programas sanitarios de las ADSG aprobados
por la autoridad competente, que no cuenten con financiación comunitaria.