Autoridades y personal. . (2025/67-46)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4841/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se
publica la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el
año 2025.

Por todo lo anterior, conforme a lo establecido en la normativa citada, en los Estatutos
de la Universidad de Sevilla y según el Acuerdo 7.5 del Consejo de Gobierno de esta
Universidad de 20 de marzo de 2025, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público
del personal docente e investigador de la Universidad de Sevilla para el año 2025,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318443

El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), establece
que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban
proveerse serán objeto de la Oferta de Empleo Público (OEP).
El artículo 20.Dos de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado (PGE) para el año 2023, establece una tasa de reposición del 120 por cien
para las plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares
de Universidad y para las plazas de los Profesores Contratados Doctores, siempre
que, por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan, se autoricen las
correspondientes convocatorias.
Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de
Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, y a los Profesores
Contratados Doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a
destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación
en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que
haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el
supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán
ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales,
y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un
certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados
reúnen los requisitos establecidos en este apartado. Por su parte, el artículo 71 de la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario establece dicha reserva del
15 por ciento del total de plazas para la incorporación de personal investigador doctor
que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e
Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como
investigador establecido (R3).
Asimismo, el apartado Tres.3 del citado artículo 20 dispone que la validez de
la tasa de reposición autorizada estará condicionada a que las plazas se incluyan en
una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada por los órganos de Gobierno
de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, de la
Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de la finalización de cada año,
y a que la convocatoria de las plazas se publique en el Diario oficial que corresponda
debiendo asegurar su ejecución en el plazo máximo de tres años.
Por otra parte, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario crea
una nueva figura de profesorado, Profesor Permanente Laboral, figura cuyo desarrollo se
articula en el Decreto-ley 8/2023, de 24 de octubre, por el que se modifica el artículo 40
del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades aprobado por Decreto
Legislativo 1/2013, de 8 de enero.