Autoridades y personal. . (2025/67-47)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que, en ejecución de sentencia, se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de carácter indefinido, plazas de profesorado asociado.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4893/2

3. Presentación de solicitudes.
3.1. El plazo de presentación de instancias será de 15 días hábiles y comenzará a
computarse a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, finalizando a las 24’00 horas del último día.
3.2. De conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento de actuación
y funcionamiento del sector público por medios electrónicos aprobado por Real Decreto
203/2021, de 30 de marzo, las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente de forma
telemática (requiere certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre), a
través del procedimiento de «Presentación de instancias y solicitudes. Modelo genérico»,
disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla (Registro Electrónico)
en la siguiente dirección: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do a la que
se adjuntará en formato PDF la instancia, indicando como destinatario en la solicitud
«Universidad de Sevilla».
3.3. La solicitud deberá indicar de manera expresa en el apartado «Expone» el
siguiente texto: «Habiéndose publicado Resolución del Rector de la Universidad de
Sevilla por la que se convocan plazas de Profesorado Asociado...». Asimismo, en el
apartado «Solicita» deberá incluirse de forma expresa el siguiente texto: «Ser admitido
en la convocatoria de Profesorado Asociado, declarando bajo juramento o promesa
lo siguiente: 1) Que los datos consignados en esta solicitud, currículum y resto de la
documentación subida a la plataforma bareprof son veraces, copia fiel de los documentos
originales y que me comprometo a probar documentalmente los mismos si así se me
solicita; 2) Que conozco que la falta de veracidad de la información o el falseamiento de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos, el acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas
convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de
desarrollo en materia de incompatibilidades.
e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del idioma castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones,
pudiendo serle requerida documentación acreditativa de esta circunstancia en el
momento de la firma del contrato.
f) Los nacionales de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán estar en
posesión de la autorización de residencia y trabajo para la firma del contrato.
2.2. Requisitos específicos.
Ser especialista y profesional de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo
su actividad principal fuera del ámbito académico universitario. Dicha actividad principal
deberá estar relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza
solicitada, adquirida durante al menos tres años y deberá mantenerse a la fecha del fin de
presentación de instancias y durante la totalidad del periodo de contratación.
2.3. Requisitos de admisión.
Para poder ser admitidos al concurso, los interesados habrán de introducir en la
plataforma bareprof (cuya dirección es https://bareprof.us.es) la siguiente documentación:
- Instancia-currículum debidamente cumplimentada.
- Titulo de Graduado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto (anverso y reverso).
- Documentación acreditativa del pago de los derechos o de la exención que
corresponda.
- Acreditación de la actividad profesional externa conforme a lo dispuesto en el
apartado 3.7.
- Justificación de los méritos.