Disposiciones generales. . (2025/67-7)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la primera convocatoria de los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor «Hub Aeronáutico Net Zero Jerez».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4914/41
- Para la tipología de proyecto «C.2. Infraestructura para los combustibles
alternativos» los costes subvencionables para «Ayudas a la inversión para la protección
del medio ambiente, incluida la descarbonización (artículo 36 RGEC)» serán los costes
de inversión adicionales necesarios para ir más allá de las normas de la Unión aplicables
o para incrementar el nivel de protección medio ambiental.
ANEXO VIII
- Para las tipologías de proyectos «A.1.1. Diversificación económica, modernización y
reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y logística avanzada» y
«C.2. Infraestructura para los combustibles alternativos» los siguientes:
1. Conceptos de inversión en activos materiales:
a) Urbanización, traídas y acometidas de servicios de acuerdo a las condiciones
establecidas en las bases reguladoras.
b) Naves y construcciones de acuerdo a las condiciones establecidas en las bases
reguladoras.
c) Infraestructura eléctrica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones,
TIC, ligadas al establecimiento, incluidos los equipos informáticos o de infraestructura de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones, TIC.
d) Instalaciones para la traída y acometida de servicios, no ligadas a una nave o
construcción.
e) Obra civil necesaria para saneamiento y otros conceptos, incluidas las necesarias
para las instalaciones y equipos.
f) Bienes de equipo. En el caso de los elementos de transporte, solo serán objeto
de incentivo los elementos de transporte interior del recinto de la empresa o entidad
beneficiaria.
g) Instalaciones, incluidas las instalaciones auxiliares.
h) Otras inversiones en activos fijos materiales, no incluidas en los apartados
anteriores, que sean necesarias para el proyecto, incluidos hangares para albergar
actividades aeronáuticas y otras que sean objeto de los incentivos.
2. Conceptos de inversión en activos inmateriales, incluidos los de investigación
contractual, conocimientos, adquisición y tratamiento de software o patentes.
3. El importe de las cuotas satisfechas hasta la fecha final de justificación, en el caso
de arrendamiento financiero de activos materiales, siempre y cuando a la fecha fin de
ejecución no se hubiera ejercitado aún la opción de compra, que necesariamente habrá
que incluirse en el contrato de arrendamiento financiero.
4. Otros conceptos de gastos asociados a las actuaciones incentivadas:
a) Planificación, ingeniería y dirección facultativa. Incluye los trabajos de planificación,
ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los proyectos, así como los estudios de
seguridad, medioambientales y todos aquellos que tengan especial relevancia para la
realización del proyecto de inversión.
b) La realización del informe de la persona auditora aportado con la cuenta justificativa
del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido).
Estos conceptos de gasto sólo podrán ser incentivables bajo régimen de minimis.
- Para las tipologías de proyectos «B.1. Inversiones en la creación de nuevas empresas
o aceleración de empresas para la innovación, incluso a través de viveros de empresas
y servicios de consultoría, que conduzcan a la creación de empleo», «B.2. Refuerzo de
las capacidades para el desarrollo tecnológico y la especialización inteligente a través de
procesos de innovación, investigación y desarrollo», los siguientes:
1. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se
utilicen para un proyecto de innovación en materia de procesos y organización o en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318516
Conceptos de inversión y de gasto
BOJA
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4914/41
- Para la tipología de proyecto «C.2. Infraestructura para los combustibles
alternativos» los costes subvencionables para «Ayudas a la inversión para la protección
del medio ambiente, incluida la descarbonización (artículo 36 RGEC)» serán los costes
de inversión adicionales necesarios para ir más allá de las normas de la Unión aplicables
o para incrementar el nivel de protección medio ambiental.
ANEXO VIII
- Para las tipologías de proyectos «A.1.1. Diversificación económica, modernización y
reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y logística avanzada» y
«C.2. Infraestructura para los combustibles alternativos» los siguientes:
1. Conceptos de inversión en activos materiales:
a) Urbanización, traídas y acometidas de servicios de acuerdo a las condiciones
establecidas en las bases reguladoras.
b) Naves y construcciones de acuerdo a las condiciones establecidas en las bases
reguladoras.
c) Infraestructura eléctrica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones,
TIC, ligadas al establecimiento, incluidos los equipos informáticos o de infraestructura de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones, TIC.
d) Instalaciones para la traída y acometida de servicios, no ligadas a una nave o
construcción.
e) Obra civil necesaria para saneamiento y otros conceptos, incluidas las necesarias
para las instalaciones y equipos.
f) Bienes de equipo. En el caso de los elementos de transporte, solo serán objeto
de incentivo los elementos de transporte interior del recinto de la empresa o entidad
beneficiaria.
g) Instalaciones, incluidas las instalaciones auxiliares.
h) Otras inversiones en activos fijos materiales, no incluidas en los apartados
anteriores, que sean necesarias para el proyecto, incluidos hangares para albergar
actividades aeronáuticas y otras que sean objeto de los incentivos.
2. Conceptos de inversión en activos inmateriales, incluidos los de investigación
contractual, conocimientos, adquisición y tratamiento de software o patentes.
3. El importe de las cuotas satisfechas hasta la fecha final de justificación, en el caso
de arrendamiento financiero de activos materiales, siempre y cuando a la fecha fin de
ejecución no se hubiera ejercitado aún la opción de compra, que necesariamente habrá
que incluirse en el contrato de arrendamiento financiero.
4. Otros conceptos de gastos asociados a las actuaciones incentivadas:
a) Planificación, ingeniería y dirección facultativa. Incluye los trabajos de planificación,
ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los proyectos, así como los estudios de
seguridad, medioambientales y todos aquellos que tengan especial relevancia para la
realización del proyecto de inversión.
b) La realización del informe de la persona auditora aportado con la cuenta justificativa
del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido).
Estos conceptos de gasto sólo podrán ser incentivables bajo régimen de minimis.
- Para las tipologías de proyectos «B.1. Inversiones en la creación de nuevas empresas
o aceleración de empresas para la innovación, incluso a través de viveros de empresas
y servicios de consultoría, que conduzcan a la creación de empleo», «B.2. Refuerzo de
las capacidades para el desarrollo tecnológico y la especialización inteligente a través de
procesos de innovación, investigación y desarrollo», los siguientes:
1. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se
utilicen para un proyecto de innovación en materia de procesos y organización o en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318516
Conceptos de inversión y de gasto