Disposiciones generales. . (2025/67-5)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Córdoba para el proyecto tractor «Ecosistema industrial para la logística avanzada en Córdoba».
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4917/39
incentivables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto,
calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
2. Conceptos de inversión en activos inmateriales, incluidos los de investigación
contractual, conocimientos, adquisición y tratamiento de software o patentes.
3. Gastos de explotación, incluidos los costes de material, instrumental, suministros y
productos similares, que se deriven directamente de proyectos de investigación industrial
o de desarrollo experimental.
4. Los costes de estudios de viabilidad.
5. Costes de personal y administrativos, directos e indirectos, y costes de servicios
prestados por personal o entidades externas, bajo las siguientes condiciones:
a) Los costes de personal serán incentivables en la medida en que se haya incurrido
en ellos efectivamente y se justifiquen mediante los correspondientes documentos
acreditativos del gasto y del pago.
b) Los costes de personal correspondientes a personas que trabajan a tiempo parcial
en la operación podrán calcularse como un porcentaje fijo de los costes salariales brutos,
de acuerdo con un porcentaje fijo de tiempo trabajado en la operación al mes, sin la
obligación de establecer un sistema independiente de registro del tiempo de trabajo.
El empleador emitirá un documento para los empleados en el que se establecerá este
porcentaje fijo de tiempo. Este documento debe emitirse y ser conocido por los empleados
antes de que empiece a contar el periodo en el que vayan a incurrirse los costes a los
que pueda afectar.
c) Solo serán incentivables los gastos del personal que, estando relacionado con la
operación, sea necesario para su ejecución.
d) Se consideran costes de personal incentivables los costes brutos de empleo del
personal del beneficiario.
Estos gastos incluyen:
i. Los sueldos y salarios fijados en un contrato de trabajo, en una decisión de nombramiento
(«acuerdo laboral») o en la ley, que tengan relación con las responsabilidades especificadas
en la descripción del puesto de trabajo correspondiente;
ii. Y otros gastos soportados directamente por el empleador como cotizaciones
sociales, aportaciones a planes de pensiones, así como otras prestaciones en favor de
los trabajadores que sean obligatorias en virtud de ley o convenio o habituales atendiendo
a los usos del sector y siempre que no sean recuperables.
Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de
personal.
e) Serán incentivables los costes derivados de contratos de servicios prestados por
personal externo siempre que dichos costes puedan identificarse claramente.
6. Costes de consultoría prestados por consultores externos, con el presupuesto
mínimo establecido en la correspondiente convocatoria, relativos a:
i. Servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación.
ii. Servicios para el apoyo a la gestión empresarial.
iii. Servicios que conlleven diagnósticos de situación e implantación de planes
estratégicos.
iv. Servicios de diseño.
v. Servicios de certificación de sistemas de gestión, procesos o productos.
vi. Servicios de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva
al proyecto.
Las actividades referidas en los epígrafes i) a vi) anteriores pueden abarcar las de
aceleración de empresas para la innovación, referidas a servicios de mentorización y
asesoramiento especializado, formación en el marco de un hub de innovación, actividades
de intercambio con actores del ecosistema empresarial, participación en encuentros y
presentaciones ante inversores, apoyo para el desarrollo de prototipos y validación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318519
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 4917/39
incentivables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto,
calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
2. Conceptos de inversión en activos inmateriales, incluidos los de investigación
contractual, conocimientos, adquisición y tratamiento de software o patentes.
3. Gastos de explotación, incluidos los costes de material, instrumental, suministros y
productos similares, que se deriven directamente de proyectos de investigación industrial
o de desarrollo experimental.
4. Los costes de estudios de viabilidad.
5. Costes de personal y administrativos, directos e indirectos, y costes de servicios
prestados por personal o entidades externas, bajo las siguientes condiciones:
a) Los costes de personal serán incentivables en la medida en que se haya incurrido
en ellos efectivamente y se justifiquen mediante los correspondientes documentos
acreditativos del gasto y del pago.
b) Los costes de personal correspondientes a personas que trabajan a tiempo parcial
en la operación podrán calcularse como un porcentaje fijo de los costes salariales brutos,
de acuerdo con un porcentaje fijo de tiempo trabajado en la operación al mes, sin la
obligación de establecer un sistema independiente de registro del tiempo de trabajo.
El empleador emitirá un documento para los empleados en el que se establecerá este
porcentaje fijo de tiempo. Este documento debe emitirse y ser conocido por los empleados
antes de que empiece a contar el periodo en el que vayan a incurrirse los costes a los
que pueda afectar.
c) Solo serán incentivables los gastos del personal que, estando relacionado con la
operación, sea necesario para su ejecución.
d) Se consideran costes de personal incentivables los costes brutos de empleo del
personal del beneficiario.
Estos gastos incluyen:
i. Los sueldos y salarios fijados en un contrato de trabajo, en una decisión de nombramiento
(«acuerdo laboral») o en la ley, que tengan relación con las responsabilidades especificadas
en la descripción del puesto de trabajo correspondiente;
ii. Y otros gastos soportados directamente por el empleador como cotizaciones
sociales, aportaciones a planes de pensiones, así como otras prestaciones en favor de
los trabajadores que sean obligatorias en virtud de ley o convenio o habituales atendiendo
a los usos del sector y siempre que no sean recuperables.
Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de
personal.
e) Serán incentivables los costes derivados de contratos de servicios prestados por
personal externo siempre que dichos costes puedan identificarse claramente.
6. Costes de consultoría prestados por consultores externos, con el presupuesto
mínimo establecido en la correspondiente convocatoria, relativos a:
i. Servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación.
ii. Servicios para el apoyo a la gestión empresarial.
iii. Servicios que conlleven diagnósticos de situación e implantación de planes
estratégicos.
iv. Servicios de diseño.
v. Servicios de certificación de sistemas de gestión, procesos o productos.
vi. Servicios de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva
al proyecto.
Las actividades referidas en los epígrafes i) a vi) anteriores pueden abarcar las de
aceleración de empresas para la innovación, referidas a servicios de mentorización y
asesoramiento especializado, formación en el marco de un hub de innovación, actividades
de intercambio con actores del ecosistema empresarial, participación en encuentros y
presentaciones ante inversores, apoyo para el desarrollo de prototipos y validación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318519
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía