Autoridades y personal. . (2025/67-38)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de solicitudes para la realización de festivales y eventos de especial interés cultural de flamenco en Andalucía en el año 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4920/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
En desarrollo de lo establecido en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto
de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo,
establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con
el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a
través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico
y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1. 18.º del texto autonómico preceptúa que se
orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante
la aplicación efectiva, como principios rectores, del libre acceso de todas las personas a
la cultura y el respeto a la diversidad cultural, así como la conservación y puesta en valor
del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía, especialmente del flamenco.
El artículo 68.1 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia
exclusiva en materia de cultura, que comprende las actividades artísticas y culturales que
se lleven a cabo en Andalucía, así como el fomento de la cultura, en relación con el cual
se incluye el fomento y la difusión de la creación y la producción teatrales, musicales, de
la industria cinematográfica y audiovisual, literarias, de danza, y de artes combinadas
llevadas a cabo en Andalucía; la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico
y monumental y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección
internacional de la cultura andaluza. Corresponde, asimismo, según establece el párrafo
segundo del mismo artículo, a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en
materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión
del flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, como entidad de Derecho Público
adscrita a la Consejería de Cultura y Deporte, tiene encomendadas, de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto
103/2011, de 19 de abril, la investigación, gestión, producción, fomento y divulgación de
las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la
música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía,
las artes audiovisuales y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas,
promociones y actividades culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación
con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. Y de manera específica
en el artículo 6, apartado I, se le atribuyen las funciones de ejecución de programas
de recuperación, investigación, conservación y difusión del patrimonio flamenco, y la
potenciación de la difusión del flamenco.
Por su parte, el art. 7.1.e) del Decreto 103/2011, de 19 de abril, atribuye a la Agencia, para
el cumplimiento de sus funciones, la facultad de celebrar convenios con entidades públicas.
Por ello, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales está interesada en establecer
convenios con los municipios andaluces de menos de 100.000 habitantes para organizar
de manera conjunta festivales y eventos de especial interés cultural de flamenco,
contribuyendo a consolidar una oferta cultural de calidad y a favorecer el desarrollo del
tejido empresarial andaluz de las artes escénicas y la música.
En el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mencionados
Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318522
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de solicitudes
para la realización de festivales y eventos de especial interés cultural de
flamenco en Andalucía en el año 2025.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4920/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
En desarrollo de lo establecido en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto
de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo,
establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con
el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a
través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico
y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1. 18.º del texto autonómico preceptúa que se
orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante
la aplicación efectiva, como principios rectores, del libre acceso de todas las personas a
la cultura y el respeto a la diversidad cultural, así como la conservación y puesta en valor
del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía, especialmente del flamenco.
El artículo 68.1 establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia
exclusiva en materia de cultura, que comprende las actividades artísticas y culturales que
se lleven a cabo en Andalucía, así como el fomento de la cultura, en relación con el cual
se incluye el fomento y la difusión de la creación y la producción teatrales, musicales, de
la industria cinematográfica y audiovisual, literarias, de danza, y de artes combinadas
llevadas a cabo en Andalucía; la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico
y monumental y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección
internacional de la cultura andaluza. Corresponde, asimismo, según establece el párrafo
segundo del mismo artículo, a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en
materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión
del flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, como entidad de Derecho Público
adscrita a la Consejería de Cultura y Deporte, tiene encomendadas, de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto
103/2011, de 19 de abril, la investigación, gestión, producción, fomento y divulgación de
las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la
música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía,
las artes audiovisuales y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas,
promociones y actividades culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación
con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. Y de manera específica
en el artículo 6, apartado I, se le atribuyen las funciones de ejecución de programas
de recuperación, investigación, conservación y difusión del patrimonio flamenco, y la
potenciación de la difusión del flamenco.
Por su parte, el art. 7.1.e) del Decreto 103/2011, de 19 de abril, atribuye a la Agencia, para
el cumplimiento de sus funciones, la facultad de celebrar convenios con entidades públicas.
Por ello, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales está interesada en establecer
convenios con los municipios andaluces de menos de 100.000 habitantes para organizar
de manera conjunta festivales y eventos de especial interés cultural de flamenco,
contribuyendo a consolidar una oferta cultural de calidad y a favorecer el desarrollo del
tejido empresarial andaluz de las artes escénicas y la música.
En el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mencionados
Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318522
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de solicitudes
para la realización de festivales y eventos de especial interés cultural de
flamenco en Andalucía en el año 2025.