3. Otras disposiciones. . (2025/67-54)
Resolución de 1 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la empresa Urbaser, S.A. en el Complejo Medioambiental La Campiña 2000, concesionaria del servicio de vertedero y reciclaje de residuos sólidos urbanos dando servicio a siete municipios de la provincia de Sevilla, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4886/2

sobre relaciones de trabajo, la fijación de los correspondientes servicios mínimos,
determinándose los mismos en el anexo de esta resolución.
El 25 de marzo de 2025, la Delegación Territorial de Sevilla de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo solicitó a las partes afectadas que remitieran sus
propuestas de servicios mínimos a través de correo electrónico para dar cumplimiento de
esa manera al preceptivo trámite de audiencia, todo ello al objeto de ser oídas las partes
con carácter previo y preceptivo a la fijación de los servicios mínimos necesarios y con el
fin último de consensuar dichos servicios.
Por parte del sindicato UGT se proponen como servicios mínimos los antecedentes
contenidos en la Resolución de 12 de mayo de 2016 y en la Resolución de 29 de mayo de
2019 de la Dirección General de Relaciones Laborales para una huelga de esta misma
empresa y similares características. Se considera que el reciclaje no es un servicio
esencial para la comunidad, debiendo quedar garantizada la entrada de camiones a la
planta y descarga de los mismos.
La empresa, por su parte, realiza una propuesta detallada por puestos y funciones
que alcanza a un 56,36% del personal.
Una vez examinadas las propuestas presentadas, la Delegación Territorial de esta
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Sevilla eleva, el 31 de marzo de
2025, la propuesta de servicios mínimos a esta Dirección General, cuyo contenido se ha
valorado positivamente, si bien se ha modificado en parte tomando en consideración las
siguientes valoraciones específicas:
Primera. El Complejo Medioambiental La Campiña 2000 en Marchena (Sevilla) realiza
el tratamiento de residuos sólidos urbanos (clasificación y compostaje) con vertedero
controlado y planta de tratamiento de lixiviados de los municipios de Marchena, Paradas,
Arahal, Morón de la Frontera, La Puebla de Cazalla, Osuna y Lantejuela, comprendiendo
«vertedero y reciclaje». Los residuos orgánicos tienen un fuerte impacto en el medio
ambiente, contaminando la atmósfera, el suelo y las aguas (superficiales y subterráneas),
debido principalmente a sus altos contenidos en materia orgánica y elementos minerales,
altamente contaminantes. Los servicios que presta la empresa Urbaser S.A. en el Complejo
Medioambiental La Campiña 2000 inciden de forma inmediata en el derecho a la salud de las
personas, debido a que los residuos de materia orgánica son susceptibles de descomposición.
Segunda. La importancia de los bienes y derechos constitucionales, antes citados,
susceptibles de ser afectados por la presente huelga. La huelga es de carácter indefinido,
por lo que la acumulación de residuos y, especialmente, materia orgánica susceptible
de descomposición, puede provocar la transmisión de enfermedades infecto-contagiosas
por la presencia de insectos y roedores.

Cuarta. Los precedentes administrativos, como la Resolución de 13 de febrero de 2025
de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza
el funcionamiento del servicio público que presta la UTE RSU Málaga, en el Complejo
Medioambiental de Valsequillo en Antequera, Málaga (BOJA núm. 34, de 19 de febrero
de 2024); la Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público
prestado por la empresa Urbaser, S.A., en el Complejo Medioambiental Sur de Europa,
Finca Madajal del Busto, s/n, Ctra. Los Barrios-Jimena (Cádiz) (BOJA núm. 170, de 2 de
septiembre de 2024); la Resolución de 27 de junio de 2023, de la Dirección General de
Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público
que presta la empresa Verinsur, S.A. (BOJA núm. 125, de 3 de julio de 2023), y, así mismo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercera. Los medios humanos y materiales para la realización de este servicio que,
según los datos facilitados por la empresa, ascienden a 55 trabajadores.