Disposiciones generales. . (2025/66-2)
Acuerdo de 2 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario las borrascas acaecidas entre los meses de febrero y marzo de 2025, se insta la adopción de medidas para paliar sus efectos y se establecen los términos municipales afectados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4856/2

han visto especialmente afectados por estas lluvias, resulta prioritario implementar una
línea de ayudas indemnizatoria a los titulares de explotaciones agrarias que hayan sufrido
daños en la producción o afectado al potencial de producción pertinentes. Igualmente,
se estima necesario proceder a la reparación de los caminos rurales que se han visto
gravemente afectados por este desastre natural.
En su virtud, de conformidad con el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y previa deliberación del Consejo de
Gobierno en su reunión del día 2 de abril de 2025,
ACUERDA
Primero. Declarar desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario
las borrascas acaecidas entre los meses de febrero y marzo de 2025, y que afectó a los
municipios relacionados en los Anexos I y II.
Segundo. Instar a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural a la
puesta en marcha de las ayudas contempladas en el Reglamento (UE) 2024/3242 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, por el que se modifica el
Reglamento (UE) 2020/2220 en lo que respecta a las medidas específicas adoptadas con
cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural para proporcionar ayuda adicional
a los Estados miembros afectados por desastres naturales, para aquellas explotaciones
ubicadas en alguno de los municipios relacionados en el Anexo I que hayan sufrido la
destrucción de al menos el 30% de la producción o del potencial de producción pertinentes.
Tercero. Instar a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural a
la reparación inmediata de los caminos rurales de los municipios relacionados en el
Anexo II que se encuentren intransitables y supongan un grave peligro para la población,
pudiendo recurrir para ello a la tramitación de emergencia en los términos y bajo las
condiciones que se establecen en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014.
Cuarto. El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de abril de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL

00318457

Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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