3. Otras disposiciones. . (2025/63-27)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable para el municipio de Cádiz. (PP. 613/2025).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 63 - Miércoles, 2 de abril de 2025
página 4208/3

- Empleados. Este epígrafe será de aplicación al personal activo y pasivo de Aguas
de Cádiz en los términos que resulten de la aplicación del Convenio Colectivo vigente en
cada momento en esta empresa.
Uso Comercial - Industrial
Bloque 1.- Se facturará todo el consumo que no supere los 10m³ por suministro y mes
Bloque 2.- Se facturará todo el consumo que supere los 10m³ y que no supere los
35m³ por suministro y mes
Bloque 3.- Se facturará todo el consumo que supere los 35m³ por suministro y mes

Abastecimiento
€/m³ (sin IVA)
0,8642
1,0895
1,3474

A estos efectos, se clasificará como uso comercial–Industrial aquellos definidos según
los epígrafes «b.1» y «b.2» del artículo 50 del RSDA. Además, se consideran incluidos
en este uso todos aquellos suministros de VFT y aquellos cuyo titular sea una persona
jurídica, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica
constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición, y
que no les corresponda una tarifa específica de entre las definidas en el presente cuadro.
Uso Público
Bloque 1.- Se facturará todo el consumo que no supere los 75m³ por suministro y mes
Bloque 2.- Se facturará todo el consumo que supere los 75m³ por suministro y mes

Abastecimiento
€/m³ (sin IVA)
1,2989
1,5338

A estos efectos, se clasificará como uso público el definido en el epígrafe «b.3» del
artículo 50 del RSDA. Se consideran incluidos en este epígrafe el uso correspondiente a
las entidades incluidas en el sector público, de acuerdo con el ámbito subjetivo delimitado
por el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público,
entendiéndose comprendido dentro de este epígrafe, por tanto, cualquiera organismos
públicos, entidades de derecho público o privado vinculadas o dependientes de las
Administraciones Públicas.
Otros Usos. Provisionales y Feriantes
Bloque único

Abastecimiento
€/m³ (sin IVA)
0,8799

A estos efectos, se consideran usos Provisionales y Feriantes el integrado en lo
definido en el epígrafe «b.4» del artículo 50 del RSDA, en concreto lo referido a suministros
esporádicos debido al carácter de su actividad, incluidos los suministros para la ejecución
de obras. Su duración máxima será de tres meses salvo en el caso de provisionales
destinados al abastecimiento de agua a obras que será de dieciocho meses.
Otros Usos. Agua Muelle. Instalaciones Portuarias Fijas
Bloque único

Abastecimiento
€/m³ (sin IVA)
1,4610

Otros Usos. Agua Muelle. Buques Pesqueros y Deportivos
Bloque único con un mínimo de 15 m³
Conexión del suministro
Desconexión del suministro

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Abastecimiento
€/m³ (sin IVA)
2,26
35
35

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317810

(La tarifa de abastecimiento va afectada de un canon propio de 0,50 €/m³ IVA no
incluido).
Se incluyen en la tarifa de «Agua muelle. Instalaciones Portuarias fijas» los suministros
a edificaciones, naves industriales o locales situados en los terrenos de responsabilidad
de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, y que estén acogidos a los acuerdos
vigentes en cada momento entre ésta y ACASA.