Disposiciones generales. . (2025/62-7)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de becas concedidas por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico para Prácticas Programa Campus Rural de la Universidad de Huelva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4493/5
Decimotercera. Obligaciones de las personas beneficiarias.
1. Sin perjuicio de las especialidades que establezca cada convocatoria, durante el
desarrollo de la práctica, las personas beneficiarias deberán residir en el mismo municipio
donde se desarrolla la práctica o en un municipio de similares condiciones que no radique
a más de 20 km.
2. Al finalizar la práctica y para poder justificar la ayuda recibida, las personas
beneficiarias deberán entregar en el área de prácticas del Servicio de Empleo y
Emprendimiento, en el plazo máximo de 15 días tras la finalización, una memoria de
prácticas, certificado de realización de las prácticas e informe de la tutorización recibida.
Decimocuarta. Condiciones de pago.
1. El pago de las becas se realizará, generalmente y salvo que la convocatoria lo
indique de otra forma, a mes vencido mediante transferencia bancaria a la cuenta
corriente facilitada por la persona beneficiaria.
2. Las becas que se concedan al amparo de las presentes bases están sujetas a la
legislación fiscal vigente.
3. Se incluirán a los estudiantes que realicen prácticas formativas o prácticas
académicas externas en el sistema de Seguridad Social de acuerdo con el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social, modificado a través del Real Decreto-ley 2/2023
(TRLGSS).
Decimoquinta. Régimen general de incompatibilidades.
El disfrute de esta beca será incompatible con cualquier otra beca, ayuda o ingreso
de la Universidad de Huelva.
Decimosexta. Procedimiento de reintegro.
El incumplimiento por parte de la persona beneficiaria de las obligaciones
señaladas en estas bases o en las convocatorias, o en la concurrencia de alguna de las
situaciones previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, dará lugar al correspondiente reintegro de las cantidades percibidas
desde el momento del pago de la beca.
Decimoséptima. Régimen de infracciones y sanciones.
Resulta de aplicación el régimen de infracciones y sanciones que en materia de
subvenciones establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimonovena. Protección de datos personales.
En el ejercicio de las funciones previstas en las presente bases, las partes adecuarán
sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como al Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección
de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318095
Decimoctava. Sistema de recursos.
Las convocatorias de prácticas establecerán el correspondiente sistema de recursos
en base al régimen de funcionamiento y delegación de competencias del Consejo de
Dirección de la Universidad establecida en la Resolución de 14 de septiembre de 2021, de
la Universidad de Huelva, así como los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
que regula el régimen de los recursos administrativos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4493/5
Decimotercera. Obligaciones de las personas beneficiarias.
1. Sin perjuicio de las especialidades que establezca cada convocatoria, durante el
desarrollo de la práctica, las personas beneficiarias deberán residir en el mismo municipio
donde se desarrolla la práctica o en un municipio de similares condiciones que no radique
a más de 20 km.
2. Al finalizar la práctica y para poder justificar la ayuda recibida, las personas
beneficiarias deberán entregar en el área de prácticas del Servicio de Empleo y
Emprendimiento, en el plazo máximo de 15 días tras la finalización, una memoria de
prácticas, certificado de realización de las prácticas e informe de la tutorización recibida.
Decimocuarta. Condiciones de pago.
1. El pago de las becas se realizará, generalmente y salvo que la convocatoria lo
indique de otra forma, a mes vencido mediante transferencia bancaria a la cuenta
corriente facilitada por la persona beneficiaria.
2. Las becas que se concedan al amparo de las presentes bases están sujetas a la
legislación fiscal vigente.
3. Se incluirán a los estudiantes que realicen prácticas formativas o prácticas
académicas externas en el sistema de Seguridad Social de acuerdo con el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social, modificado a través del Real Decreto-ley 2/2023
(TRLGSS).
Decimoquinta. Régimen general de incompatibilidades.
El disfrute de esta beca será incompatible con cualquier otra beca, ayuda o ingreso
de la Universidad de Huelva.
Decimosexta. Procedimiento de reintegro.
El incumplimiento por parte de la persona beneficiaria de las obligaciones
señaladas en estas bases o en las convocatorias, o en la concurrencia de alguna de las
situaciones previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, dará lugar al correspondiente reintegro de las cantidades percibidas
desde el momento del pago de la beca.
Decimoséptima. Régimen de infracciones y sanciones.
Resulta de aplicación el régimen de infracciones y sanciones que en materia de
subvenciones establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimonovena. Protección de datos personales.
En el ejercicio de las funciones previstas en las presente bases, las partes adecuarán
sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como al Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección
de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318095
Decimoctava. Sistema de recursos.
Las convocatorias de prácticas establecerán el correspondiente sistema de recursos
en base al régimen de funcionamiento y delegación de competencias del Consejo de
Dirección de la Universidad establecida en la Resolución de 14 de septiembre de 2021, de
la Universidad de Huelva, así como los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
que regula el régimen de los recursos administrativos.