3. Otras disposiciones. . (2025/62-37)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del I Convenio Colectivo de la empresa Garamastasur, S.L.
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ANEXO II y III
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Boletín
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:

BOJA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

Oficial de la Junta de Andalucía

Hoja 59 de 63

Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4434/46

Artículo 103.- Expediente disciplinario a las y los representantes legales de las personas trabajadoras.

constitutivo de sanción de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.a) del Estatuto
En caso de que
expediente
disciplinario
imputase
a cualquier
legal Social,
de las personas
trabajadoras
carácter de muy
de ellos
Trabajadores
y lase
Ley
Reguladora
de representante
la Jurisdicción
Ley 36/2011,
de con
10 de
grave que pudiera
ser
constitutivo
de
sanción
de
acuerdo
con
lo
establecido
en
el
artículo
68.a)
del
Estatuto
de
los
Trabajadores
y la Ley
octubre, se procederá a la apertura de un expediente laboral contradictorio, en el que se
Reguladora de la Jurisdicción Social, Ley 36/2011, de 10 de octubre se procederá a la apertura de un expediente laboral contradictorio, en
dará trámite de audiencia previa, además de a la persona interesada, a las y los restantes
el que se dará trámite de audiencia previa, además de a la persona interesada, a las y los restantes representantes legales de las personas
representantes legales de las personas trabajadoras. Si la persona trabajadora estuviese
trabajadoras. Si la persona trabajadora estuviese afiliado a algún sindicato, se le dará audiencia al o a la responsable de la Sección Sindical
afiliado a algún sindicato, se le dará audiencia al o a la responsable de la Sección Sindical
del sindicato al que pertenecería como persona afiliada, y en su defecto al sindicato.
del sindicato al que pertenecería como persona afiliada, y en su defecto al sindicato.
Disposición final.
Disposición final.
En todo lo no previsto en el presente Convenio, será de aplicación lo dispuesto en el
En todo
lo no previsto
el presente Convenio,
será de aplicación
lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y legislación
Estatuto
de losenTrabajadores
y legislación
general aplicable.
general aplicable.

00318036

Árbol genealógico; grados de consanguinidad y afinidad.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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