Autoridades y personal. . (2025/62-24)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Universidad de Almería, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales contempladas en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4480/13

15. Seguimiento científico-técnico.
15.1. El seguimiento científico-técnico del trabajo realizado por el personal investigador
predoctoral en formación corresponde al órgano concedente, que lo realizará a través
de la Subdivisión de Programas Temáticos Científico-Técnicos. El órgano concedente
establecerá los procedimientos adecuados para ello y podrá designar los órganos,
comisiones o expertos que estime necesarios para realizar las oportunas actuaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318083

publicadas en la página web de la Agencia Estatal de Investigación. La interrupción y
prórroga deberá ser autorizada por el órgano concedente, que podrá recabar los informes
que considere oportunos.
14.3. Durante la ejecución de las actuaciones para la formación de personal
investigador predoctoral se podrá solicitar el cambio de entidad beneficiaria. El órgano
concedente, cuando a su juicio concurran circunstancias excepcionales que aconsejen
la autorización del cambio, resolverá modificar la resolución de concesión. En cualquier
caso, se deberán cumplir las condiciones estipuladas en las bases de la convocatoria.
En la solicitud, el nuevo centro receptor deberá declarar expresamente que cumplirá
con los requisitos y obligaciones que se exigen a las entidades beneficiarias y que acepta
las condiciones que a los mismos se imponen.
Si, junto al cambio de entidad beneficiaria, hay cambio de proyecto de adscripción
del personal investigador en formación, el nuevo proyecto deberá estar financiado dentro
de las ayudas a «Proyectos de Generación de Conocimiento» del Programa Estatal para
Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia.
Las solicitudes serán realizadas por el centro beneficiario, utilizando el modelo
disponible en la página web de la agencia y siguiendo las instrucciones allí indicadas, e
incluirán la aceptación del cambio por parte del/de la investigador/a y del nuevo centro al
que se quiere incorporar, así como una justificación de las razones del cambio.
14.4. En el caso de que se conceda la modificación de la resolución, el nuevo
centro beneficiario dispondrá de un plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente
al de recepción de dicha resolución, para formalizar el contrato con el investigador en
formación e informar al órgano concedente de la fecha de su incorporación.
Asimismo, en relación con la anualidad en la que se produzca el cambio, el centro
inicialmente beneficiario deberá transferir al nuevo centro receptor la cantidad destinada a
la financiación del coste de contratación del investigador que, de forma proporcional en el
tiempo, corresponda desde la fecha de rescisión del contrato del investigador hasta el final
de la anualidad. La ayuda correspondiente a las siguientes anualidades será abonada al
nuevo centro receptor. En relación con la ayuda para cubrir el coste de indemnizaciones
y la ayuda adicional, la cantidad resultante de la diferencia entre la ayuda concedida y
lo gastado por el centro inicialmente beneficiario, en la fecha de concesión del cambio,
deberá ser transferida por éste al nuevo centro receptor En el caso de solicitudes de
cambio de proyecto de investigación dentro de la Universidad de Almería, las solicitudes
serán realizadas por el centro a través de la sede electrónica del ministerio, utilizando
el modelo disponible en la página web de la Agencia y siguiendo las instrucciones allí
indicadas, e incluirán la aceptación del cambio por parte del investigador, así como una
justificación de las razones del cambio.
No obstante lo anterior, si el proyecto al que esté adscrito el personal investigador
en formación finaliza durante la vigencia de la ayuda predoctoral, no será necesaria la
autorización de cambio de proyecto si el personal investigador en formación queda adscrito
a un nuevo proyecto o línea de investigación que coordine el/la investigador/a responsable
del proyecto que finaliza. En tal caso, la entidad únicamente deberá comunicar al órgano
concedente tal circunstancia en el informe de seguimiento correspondiente, indicando el
nuevo proyecto o línea de investigación y demás información que considere relevante.
Cuando no concurran las circunstancias descritas anteriormente en este párrafo, será
necesaria la solicitud conforme al párrafo anterior.