Autoridades y personal. . (2025/62-24)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Universidad de Almería, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales contempladas en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4480/11
12. Renuncias e incorporación de reservas.
12.1. Las renuncias de las personas seleccionadas que se produzcan previamente al
inicio de su contrato podrán dar lugar a la incorporación de personas candidatas de reserva.
También podrá dar lugar a la incorporación de personas candidatas de reserva, el
incumplimiento de los requisitos necesarios para la contratación por parte de las personas
seleccionadas durante el correspondiente plazo para la formalización de los contratos.
12.2. La incorporación de personas candidatas de reserva deberá realizarse de
acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) En caso de renuncia o incumplimiento de la persona seleccionada se atenderá a
la incorporación de la persona candidata de reserva situada en primer lugar del proyecto
en cuestión.
b) Si la vacante no puede ser cubierta por la primera reserva, se continuará con la
siguiente o siguientes reservas del proyecto, en el caso de que existan, y respetando
el orden de prelación de las mismas. Una vez agotada la lista, se podrían solicitar la
incorporación de reservas de otros proyectos o publicar una nueva convocatoria.
c) Si durante la ejecución de la ayuda se produjera la extinción del contrato o el
desistimiento del mismo por parte de la persona contratada, y no quedaran personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318083
11.4. La Comisión de Evaluación aprobará la resolución provisional que contendrá la
puntuación obtenida por las personas aspirantes en cada apartado del baremo así como
la correspondiente propuesta de adjudicación, abriéndose un plazo de 5 días hábiles para
formular las alegaciones que estimen oportunas. La resolución provisional se publicará
en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica especificado en la base 4.3.
La indicación de la puntuación obtenida en cada apartado del baremo, se considera
motivación suficiente, conforme al artículo 35.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Toda
la documentación del expediente administrativo quedará depositada en el Servicio de
Gestión de la Investigación.
11.5. Las reclamaciones presentadas serán resueltas por la Comisión de Evaluación.
Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido al efecto sin que
se hayan producido, se elevará la propuesta de adjudicación definitiva al Rector. Se podrá
declarar la no provisión de todos o algunos de los contratos ofertados si las personas
candidatas no reúnen los requisitos necesarios o no existieran solicitudes válidas.
11.6. El Rector dictará resolución aprobando, en su caso, dicha propuesta y
adjudicando los contratos en cuestión, adjudicación que se hará pública en el Tablón
Oficial de la Sede Electrónica indicado en la base 4.3.
La resolución se dictará en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de
la fecha de publicación de la resolución definitiva de los Proyectos de Generación de
Conocimiento 2023. En el supuesto de no producirse la resolución en el plazo establecido,
se entenderán desestimadas las solicitudes. La resolución dictada resolviendo las ayudas
agota la vía administrativa.
11.7. Las personas beneficiarias dispondrán de 3 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica indicado en la
base 4.3 de la resolución de concesión, para aceptar el contrato adjudicado o manifestar
su renuncia a suscribirlo, mediante el procedimiento que se establezca en la referida
resolución, entendiéndose que la persona beneficiaria de la ayuda desiste de su petición,
en caso de no presentar la documentación requerida en el citado plazo.
En el supuesto de que no se produzca la aceptación en el plazo fijado en el apartado
anterior, la plaza será ofrecida sucesivamente a los candidatos que figuren en la lista
de reserva según el orden establecido en la resolución, que deberá manifestarse en los
mismos términos y plazos.
La fecha de incorporación vendrá definida en la resolución de concesión que será
necesariamente el día 1 del mes que corresponda.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4480/11
12. Renuncias e incorporación de reservas.
12.1. Las renuncias de las personas seleccionadas que se produzcan previamente al
inicio de su contrato podrán dar lugar a la incorporación de personas candidatas de reserva.
También podrá dar lugar a la incorporación de personas candidatas de reserva, el
incumplimiento de los requisitos necesarios para la contratación por parte de las personas
seleccionadas durante el correspondiente plazo para la formalización de los contratos.
12.2. La incorporación de personas candidatas de reserva deberá realizarse de
acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) En caso de renuncia o incumplimiento de la persona seleccionada se atenderá a
la incorporación de la persona candidata de reserva situada en primer lugar del proyecto
en cuestión.
b) Si la vacante no puede ser cubierta por la primera reserva, se continuará con la
siguiente o siguientes reservas del proyecto, en el caso de que existan, y respetando
el orden de prelación de las mismas. Una vez agotada la lista, se podrían solicitar la
incorporación de reservas de otros proyectos o publicar una nueva convocatoria.
c) Si durante la ejecución de la ayuda se produjera la extinción del contrato o el
desistimiento del mismo por parte de la persona contratada, y no quedaran personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318083
11.4. La Comisión de Evaluación aprobará la resolución provisional que contendrá la
puntuación obtenida por las personas aspirantes en cada apartado del baremo así como
la correspondiente propuesta de adjudicación, abriéndose un plazo de 5 días hábiles para
formular las alegaciones que estimen oportunas. La resolución provisional se publicará
en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica especificado en la base 4.3.
La indicación de la puntuación obtenida en cada apartado del baremo, se considera
motivación suficiente, conforme al artículo 35.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Toda
la documentación del expediente administrativo quedará depositada en el Servicio de
Gestión de la Investigación.
11.5. Las reclamaciones presentadas serán resueltas por la Comisión de Evaluación.
Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido al efecto sin que
se hayan producido, se elevará la propuesta de adjudicación definitiva al Rector. Se podrá
declarar la no provisión de todos o algunos de los contratos ofertados si las personas
candidatas no reúnen los requisitos necesarios o no existieran solicitudes válidas.
11.6. El Rector dictará resolución aprobando, en su caso, dicha propuesta y
adjudicando los contratos en cuestión, adjudicación que se hará pública en el Tablón
Oficial de la Sede Electrónica indicado en la base 4.3.
La resolución se dictará en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de
la fecha de publicación de la resolución definitiva de los Proyectos de Generación de
Conocimiento 2023. En el supuesto de no producirse la resolución en el plazo establecido,
se entenderán desestimadas las solicitudes. La resolución dictada resolviendo las ayudas
agota la vía administrativa.
11.7. Las personas beneficiarias dispondrán de 3 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica indicado en la
base 4.3 de la resolución de concesión, para aceptar el contrato adjudicado o manifestar
su renuncia a suscribirlo, mediante el procedimiento que se establezca en la referida
resolución, entendiéndose que la persona beneficiaria de la ayuda desiste de su petición,
en caso de no presentar la documentación requerida en el citado plazo.
En el supuesto de que no se produzca la aceptación en el plazo fijado en el apartado
anterior, la plaza será ofrecida sucesivamente a los candidatos que figuren en la lista
de reserva según el orden establecido en la resolución, que deberá manifestarse en los
mismos términos y plazos.
La fecha de incorporación vendrá definida en la resolución de concesión que será
necesariamente el día 1 del mes que corresponda.