Autoridades y personal. . (2025/62-24)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Universidad de Almería, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales contempladas en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

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representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la
representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, podrá contactar con el
Delegado de Protección de Datos en la dirección de correo electrónico dpo@ual.es.
En caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales,
podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de
Datos de Andalucía (www.ctpdandalucia.es).

11. Evaluación de las solicitudes y resolución del concurso.
11.1. La Comisión de Evaluación será la encargada de examinar y valorar las
instancias presentadas por las personas aspirantes admitidas al concurso convocado por
esta Resolución.
11.2. La Comisión de Evaluación será nombrada por el Rector de la Universidad de
Almería y estará compuesta por:
- Presidente: Vicerrector con competencias en materia de investigación.
- Vocal 1: Director/a de Secretariado de Investigación.
- Vocal 2: La persona directora de la investigación del proyecto.
- Secretario/a: Un/a funcionario/a del Servicio de Gestión de la Investigación.
- Presidente suplente: Director de la OTRI.
- Vocal 1 suplente: Director de Secretariado del Vicerrectorado con competencias en
investigación.
- Vocal 2 suplente: Un miembro del equipo de investigación del proyecto.
- Secretario/a: Un/a funcionario/a del Servicio de Gestión de la Investigación.
11.3. El baremo aplicable será el que figura como Anexo 2 de la presente convocatoria.
La Comisión de Evaluación será la competente para resolver cuantas dudas de
interpretación suscite la convocatoria o la aplicación del baremo.
La Comisión de Evaluación podrá excluir de esta convocatoria a aquellas personas
solicitantes que falseen los datos de sus currículos o los incluyan en epígrafes que no
corresponden, con el objetivo de aumentar su valoración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318083

10. Relación de personas admitidas y excluidas.
10.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución del
Vicerrector de Política Científica, se hará público el listado provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación en este último caso de la causa de
exclusión, en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica indicado en la base 4.3.
Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de
la citada relación provisional de personas admitidas, las personas aspirantes dispondrán
de un plazo de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación
anteriormente indicada, para que subsanen la falta o acompañen los documentos
preceptivos, entendiéndose que la persona interesada desiste de su petición, en caso
de no presentar alegaciones en el citado plazo. En este plazo no se podrán presentar
documentos acreditativos de los méritos reseñados en el currículum, ni reformular las
solicitudes presentadas. Igualmente, no se podrán efectuar cambios que supongan
reformulación de la solicitud, en las fases de resolución o de incorporación de las
personas beneficiarias de la ayuda.
10.2. Transcurrido el plazo citado, se hará pública, en el Tablón Oficial de la Sede
Electrónica indicado en la base 4.3 el listado definitivo de personas aspirantes admitidas
y excluidas.
10.3. En el caso de que todas las personas aspirantes estuvieran admitidas en
la relación provisional, esta devendrá en definitiva. Contra esta resolución, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector en
el plazo de un mes a partir de su recepción según establecen los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.