3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
344 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/95
b) Al Registro de Contratos del Sector Público, de acuerdo con las condiciones y trámites regulados
en el artículo 346 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Artículo 106. Fraccionamiento del objeto del contrato.
1. Los expedientes de contratación deberán abarcar la totalidad del objeto del contrato y comprenderán
todos y cada uno de los elementos que sean precisos para ello.
2. No podrá fraccionarse un contrato con objeto de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los
requisitos de publicidad, el procedimiento o la forma de adjudicación que corresponda.
3. Para determinar la cuantía de un contrato se deberá estar a las reglas contempladas en el artículo 101
de la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo tener presente los límites de la contratación menor
según el procedimiento que la Universidad de Cádiz tenga establecido al efecto.
4. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización
independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes, salvo cuando existan motivos
válidos, conforme al artículo 99 de la Ley de Contratos del Sector Público y que deberán justificarse
debidamente en el expediente.
Artículo 107. Plan anual de contratación.
1. La Universidad de Cádiz programará su actividad de contratación pública a desarrollar a lo largo del
ejercicio presupuestario o con carácter plurianual, con la finalidad de:
a)
Racionalizar la contratación con el objetivo de mejorar los niveles de eficiencia, la economía de
medios y la transparencia.
b) Suministrar información anticipada sobre las licitaciones previstas a los efectos de facilitar la
planificación por parte de los potenciales licitadores.
c)
Promover la concurrencia y fomentar la competencia.
00318047
d) Reducir, en la medida que sea posible, la formalización de contratos menores que puedan
corresponder a necesidades recurrentes y previsibles.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/95
b) Al Registro de Contratos del Sector Público, de acuerdo con las condiciones y trámites regulados
en el artículo 346 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Artículo 106. Fraccionamiento del objeto del contrato.
1. Los expedientes de contratación deberán abarcar la totalidad del objeto del contrato y comprenderán
todos y cada uno de los elementos que sean precisos para ello.
2. No podrá fraccionarse un contrato con objeto de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los
requisitos de publicidad, el procedimiento o la forma de adjudicación que corresponda.
3. Para determinar la cuantía de un contrato se deberá estar a las reglas contempladas en el artículo 101
de la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo tener presente los límites de la contratación menor
según el procedimiento que la Universidad de Cádiz tenga establecido al efecto.
4. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización
independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes, salvo cuando existan motivos
válidos, conforme al artículo 99 de la Ley de Contratos del Sector Público y que deberán justificarse
debidamente en el expediente.
Artículo 107. Plan anual de contratación.
1. La Universidad de Cádiz programará su actividad de contratación pública a desarrollar a lo largo del
ejercicio presupuestario o con carácter plurianual, con la finalidad de:
a)
Racionalizar la contratación con el objetivo de mejorar los niveles de eficiencia, la economía de
medios y la transparencia.
b) Suministrar información anticipada sobre las licitaciones previstas a los efectos de facilitar la
planificación por parte de los potenciales licitadores.
c)
Promover la concurrencia y fomentar la competencia.
00318047
d) Reducir, en la medida que sea posible, la formalización de contratos menores que puedan
corresponder a necesidades recurrentes y previsibles.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja