3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4445/75

b) Anexo a la Cuenta Justificativa con las aplicaciones presupuestarias donde se han imputado los
gastos y los pagos.
c)

Relación de Justificantes de Gasto asociados a la Cuenta Justificativa. Dichos justificantes
deberán contar con la conformidad o autorización expresa de los responsables de Unidad de
Gasto previa al pago.

d) Relación de retenciones practicadas.
e)

Extracto de la cuenta corriente correspondiente al período que se justifica, con el saldo en bancos
a la fecha de la justificación, que constará del informe de conciliación bancaria y de arqueo de
efectivo (con independencia de la existencia o no de fondos en metálico).

3. No se podrá realizar la reposición de fondos a una Caja Habilitada sin la validación previa por parte del
Gabinete de Auditoría y Control Interno.

4. Los Cajeros Habilitados emitirán al término de cada trimestre natural del año un informe sobre el Estado
de Situación de Tesorería, no pudiendo recoger operaciones sin conciliar que generen diferencias entre
el Saldo según Libros y el Saldo según Bancos, así como tampoco diferencias entre Cobros y Pagos, salvo
que se justifiquen y acrediten documentalmente.

El plazo de presentación de cada informe será el comprendido entre los días 1 al 15 del mes siguiente,
respecto al trimestre inmediato anterior, salvo que por ley o norma aplicable se establezca otro distinto.

Artículo 89. Adelantos de cajero.
1. No podrán autorizarse adelantos de cajero por importes superiores a 3.000,00 euros, excepto los
destinados a atender pagos al exterior, así como aquellos otros debidamente motivados que con carácter
extraordinario se autoricen por la Gerente de la Universidad de Cádiz.

a.

Responder a gastos susceptibles de anticipo en función de los requisitos regulados en la Sección
Quinta ANTICIPOS Y JUSTIFICACIONES del Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre
indemnizaciones por razón del servicio.

b.

El perceptor haya justificado en su totalidad cualquier anticipo anteriormente solicitado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318047

2. En caso de que el destino del adelanto sea el pago anticipado de indemnizaciones por razón de servicio,
la Unidad Tramitadora deberá comprobar previamente que se cumplen los siguientes requisitos: