3. Otras disposiciones. . (2025/62-41)
Resolución de 10 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto del ejercicio 2025 de la Universidad de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/35
Artículo 24. Presupuesto bruto.
1. Los derechos liquidados y las obligaciones reconocidas se aplicarán al Presupuesto por su importe
íntegro, sin que puedan atenderse obligaciones mediante minoración de los derechos a liquidar o ya
ingresados.
2. Se exceptúan de lo anterior las devoluciones de ingresos que se declaren indebidos.
3. A los efectos de este artículo se entenderá por importe íntegro el resultante después de aplicar las
exenciones y bonificaciones que sean procedentes.
Artículo 25. Unidad de caja.
La Tesorería de la Universidad servirá al principio de unidad de caja mediante la centralización de todos
los fondos y valores generales por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.
Artículo 26. Principio de responsabilidad.
El personal al servicio de la Universidad de Cádiz que, con sus actos u omisiones, cause daños y perjuicios
a los recursos de la Universidad mediante dolo, culpa o negligencia grave, incurrirá en las
responsabilidades disciplinarias, civil o penal que, en cada caso, proceda exigir.
Artículo 27. Principio de gestión responsable.
1. El ejercicio de las competencias por los órganos correspondientes en materia de toma de decisiones
sobre el gasto y la gestión económica y financiera, comporta la asunción responsable de las decisiones
adoptadas, con independencia de los actos de asesoramiento que pudieran formular a otros órganos.
00318047
2. La Gerente establecerá los procesos que se estimen adecuados con objeto de proporcionar un grado
de seguridad razonable en la fiabilidad de la información financiera, un adecuado cumplimiento de la
normativa aplicable y la sujeción a los principios de economía, eficacia y eficiencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025
página 4445/35
Artículo 24. Presupuesto bruto.
1. Los derechos liquidados y las obligaciones reconocidas se aplicarán al Presupuesto por su importe
íntegro, sin que puedan atenderse obligaciones mediante minoración de los derechos a liquidar o ya
ingresados.
2. Se exceptúan de lo anterior las devoluciones de ingresos que se declaren indebidos.
3. A los efectos de este artículo se entenderá por importe íntegro el resultante después de aplicar las
exenciones y bonificaciones que sean procedentes.
Artículo 25. Unidad de caja.
La Tesorería de la Universidad servirá al principio de unidad de caja mediante la centralización de todos
los fondos y valores generales por operaciones presupuestarias y no presupuestarias.
Artículo 26. Principio de responsabilidad.
El personal al servicio de la Universidad de Cádiz que, con sus actos u omisiones, cause daños y perjuicios
a los recursos de la Universidad mediante dolo, culpa o negligencia grave, incurrirá en las
responsabilidades disciplinarias, civil o penal que, en cada caso, proceda exigir.
Artículo 27. Principio de gestión responsable.
1. El ejercicio de las competencias por los órganos correspondientes en materia de toma de decisiones
sobre el gasto y la gestión económica y financiera, comporta la asunción responsable de las decisiones
adoptadas, con independencia de los actos de asesoramiento que pudieran formular a otros órganos.
00318047
2. La Gerente establecerá los procesos que se estimen adecuados con objeto de proporcionar un grado
de seguridad razonable en la fiabilidad de la información financiera, un adecuado cumplimiento de la
normativa aplicable y la sujeción a los principios de economía, eficacia y eficiencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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